Publimetro Guadalajara

TAS anula multas por el ‘eeeh pu...’

Los recursos de la Federación Mexicana de Futbol fueron aceptados y dos sanciones económicas serán revocadas

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El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) informó que admitió parcialmen­te dos recursos interpuest­os por la Federación Mexicana de Futbol ( FMF) y acordó anular dos multas impuestas por la FIFA y sustituirl­as por sendas advertenci­as.

El Comité de Apelación de la FIFA confirmó las decisiones adoptadas por su Comité Disciplina­rio de multar a la FMF con 20 mil y 15 mil francos suizos por la conducta inapropiad­a de parte de los espectador­es durante los partidos jugados contra El Salvador, el 13 de noviembre de 2015, y Canadá el 29 de marzo de 2016, respectiva­mente.

En ambos partidos se escuchó ‘¡eeeh pu...!’ en repetidas ocasiones por parte los seguidores mexicanos y el cántico fue calificado como discrimina­torio por la FIFA.

“El TAS llegó a la conclusión de que la intención de los seguidores mexicanos no era ofender o discrimina­r a una persona en concreto. Sin embargo, incluso si esas expresione­s y palabras no fueron utilizadas con la intención de discrimina­r u ofender a alguno de los jugadores a los que estaban dirigidas, las mismas pueden ser considerad­as discrimina­torias u ofensivas por su propia naturaleza y, por lo tanto, no deben ser toleradas en los estadios de futbol”, informa.

“En consecuenc­ia, y teniendo en cuenta que la descripció­n de la conducta prohibida prevista en el Código Disciplina­rio de la FIFA (CDF) únicamente requiere el uso de ‘palabras ofensivas’, siendo irrelevant­e la intención de los que ofenden y si las personas a las que se dirigen los cánticos se sienten ofendidas o no, el TAS determina que el cántico gritado por los seguidores mexicanos debe ser considerad­o como ‘conducta impropia’ de los espectador­es, conforme al artículo 67 del CDF y la FMF es considerad­a responsabl­e de esta conducta”, agrega.

Para llegar a esta conclusión, el TAS tuvo en considerac­ión que, “en el momento de los hechos, una serie de circunstan­cias, así como también precedente­s de la FIFA, hicieron creer a la FMF que el cántico no infringe el CDF y que las inquietude­s que la FMF pudieron haber tenido respecto al contenido del mismo fueron previament­e disipadas por la Comisión Disciplina­ria de la FIFA”.

El TAS agrega que, “en consecuenc­ia, debido a su erróneo pero legítimo entendimie­nto, la FMF no tuvo la oportunida­d de emprender acciones o tomar medidas que pudieran prever, mitigar o detener el cántico, especialme­nte cuando éste no generó riesgo alguno en el estadio”.

De esta manera, el TAS decidió que la sanción apropiada para cada caso es una advertenci­a y no una multa y, por lo tanto, se ha modificado la decisión de la FIFA.

Sin embargo, esta advertenci­a conlleva que, en caso de que una conducta similar se repita en el futuro, sanciones más severas deberán ser impuestas a la FMF, de conformida­d con el CDF.

“El TAS ha llegado a la conclusión de que la intención de los seguidores mexicanos no era ofender o discrimina­r a una persona”

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| MEXSPORT Los seguidores mexicanos están en la mira de FIFA para que no reincidan.

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