Reciben penas mínimas los conductores que atentan contra ciclistas
Aunque la Biciley fue aprobada en 2016, son mínimas las sanciones aplicadas a los automovilistas que cometen malas prácticas. La mayoría de las multas son por circular o estacionarse en las ciclovías, así como estacionamientos para las bicicletas; sin emb
Aprobada en septiembre de 2016, la llamada Biciley fue celebrada por los grupos ciclistas en todo el estado que, afirmaron, se trataba de una nueva etapa de derechos para este tipo de movilidad sustentable y además se iban a sancionar las malas prácticas de los automovilistas contra los usuarios de estas unidades. No obstante, a dos años de distancia, poco o nada se penalizan las irregularidades cometidas.
El Artículo 183 Bis de la Ley de Movilidad establece las faltas que se cometen contra ciclistas; según datos de la Secretaría de Movilidad, desde marzo de 2017 (fecha en que se modificó el reglamento de la ley) hasta septiembre de 2018, se habían emitido 545 folios por violaciones a la normatividad.
De estas multas 83%, es decir, 481 fueron por circular o estacionarse en ciclovías o en lugares específicamente destinados al estacionamiento de bicicletas, incluso cuando se trata de conductores de motocicletas.
Se informó que 33 multas fueron por invadir la zona de espera en los semáforos (las llamadas cajas, ubicadas antes del paso de cebra) y 20 folios por impedir o interferir de forma premeditada en la circulación de un grupo ciclista, así como intentar dividir o ingresar a un contingente.
Una de las grandes novedades que ofrecía la Biciley era que se obligaría a los conductores a respetar el tránsito ciclista, pero no es algo que en realidad se castigue. Sólo han sido seis multas porque no se respetó la preferencia del paso de los ciclistas como marca la ley, es decir, transitar por el centro del primer carril de la derecha en el sentido de la vialidad o sobre dos carriles cuando se trate de grupos de más de cincuenta ciclistas.
Finalmente, sólo van cinco multas generadas tras detectarse a automovilistas que no respetaron la distancia con el ciclista. La ley señala que el transporte público y particular deberá rebasar al ciclista
por el carril de la izquierda o guardando al menos metro y medio de distancia, conservar al menos siete metros cuando
el ciclista esté en movimiento y cinco metros cuando se encuentre detenido en espera de su derecho de paso.