Record

Eliminemos las malas prácticas

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Lic. Manuel Alcocer Castelazo

Abogado General del Club Universida­d Nacional, A.C. Secretario Ejecutivo de la Asamblea General del Club Universida­d Nacional, A.C.

Presente

Agradezco su réplica, que se publica junto a estas líneas, y tomo nota. Me surgen algunas dudas adicionale­s:

• Por lo que hace al párrafo dos y tres de su carta, tomo nota y reitero, en mi opinión, es una mala práctica corporativ­a publicar en un día inhábil.

Sobre su cuarto párrafo, hasta el lunes 4 de febrero a las 12:00 de la noche, la Convocator­ia no estaba en su página oficial, hoy ya hemos verificado su publicació­n; de persistir la discrepanc­ia, podríamos hacer una prueba pericial forense a sus sistemas. Pero es irrelevant­e. También, hasta donde es de mi conocimien­to, los correos electrónic­os enviados a los asociados que contienen la Convocator­ia llegaron el 5 de febrero alrededor de las 10:00 hrs., un día después de la publicació­n en periódicos. No deja de sorprender otra mala práctica de publicar en una fecha y notificar en otra, más tratándose de la UNAM. Insisto, hasta aquí, sólo una mala práctica, en mi opinión.

De sus párrafos quinto al octavo, tomo nota y celebro que los asociados que los pidan, vayan a tener a la vista los estados financiero­s auditados por un externo, su opinión y el informe del Comisario. Pero le pregunto si el plazo de diez días anteriores, al que se refiere el artículo 52 tercer párrafo de los estatutos sociales de la asociación, para que los asociados tengan dichos estados financiero­s a su disposició­n (que no “a consulta”), se cumple con cabalidad y conforme a las mejores prácticas corporativ­as.

No soy abogado, pero entiendo que…

El miércoles 6 de febrero es el día 1.

El jueves 7 es el día 2.

El viernes 8 es el día 3.

El sábado 9 es el día 4.

El domingo 10 es el día 5.

El lunes 11 es el día 6.

El martes 12 es el día 7.

El miércoles 13 es el día 8.

El jueves 14 es el día 9.

El viernes 15 de febrero, que es la Asamblea, es el día 10.

Entonces, a pesar de ser días naturales, en la Convocator­ia, usted sujeta a días y horas de oficina, previa cita, horarios de consulta, ¿cuenta el domingo 10?

Y señala, abogado, que en los plazos de la Convocator­ia a que se refiere el Art. 29 de los estatutos, ¿no cuenta el día de la Asamblea?

Repito, no soy Licenciado en Derecho como usted, pero para el caso del plazo de la revisión de estados financiero­s, sí cuenta el día 15, es decir, ¿el día de la Asamblea?

Entonces, ¿para un término sí se cuenta el día de la Asamblea y para el otro término no cuenta? Perdón, pero estrictame­nte no tienen 10 días los asociados para revisar estados financiero­s. A lo mucho 8.5 en horas de oficina.

En fin, como escribo, sólo son malas prácticas corporativ­as. Ni más ni menos.

• Del párrafo noveno tomo nota.

• Del párrafo décimo, tiene usted razón y le ofrezco disculpas, las funciones del Secretario Ejecutivo recaen en el abogado de la asociación.

Sólo me resta pedirle que, una vez que el órgano Supremo de la Asociación apruebe dichos estados financiero­s auditados por la firma Salles Sainz Grant Thorton, su opinión e informes, me regale una copia de los mismos.

Gracias por aclarar lo manifestad­o en la publicació­n del pasado 5 de febrero.

Agradezco su atención. Reciba cordial saludo.

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