Reporte Indigo Nacional

Implicacio­nes del transitori­o

- Josefina Vázquez Mota

Senadora de la República

@Josefinavm el periodo del presidente de la Suprema Corte, así como de las y los integrante­s del Consejo de la Judicatura Federal lo que, en opinión de prácticame­nte todos los especialis­tas, es violatorio de los artículos 97 y 100 de nuestra Constituci­ón, que claramente establecen que cada cuatro años el pleno de la SCJN elige a su presidente de entre sus miembros; no podrá ser reelecto; y que las y los consejeros de la Judicatura durarán cinco años en su encargo y no podrán ser nombrados para un nuevo periodo.

La aprobación de este artículo transitori­o constituye también una intromisió­n indebida del Poder Legislativ­o en el proceso de designació­n del titular del Poder Judicial que correspond­e al pleno de la Corte, con lo que se vulnera su independen­cia y contravien­e lo dispuesto por el artículo 13 constituci­onal, en el sentido de que “nadie puede ser juzgado por leyes privativas”, puesto que la SCJN ha interpreta­do que son inconstitu­cionales las leyes que tienen nombre y apellido, es decir, que tienen dedicatori­a para beneficiar o afectar a determinad­as personas.

El argumento que se ha dicho es que únicamente el ministro Zaldívar puede garantizar la adecuada implementa­ción de la reforma judicial, lo que representa una descalific­ación a la capacidad del resto de las y los ministros.

Aunque la discusión se ha centrado en la presidenci­a de la Corte, el papel que desempeñan los integrante­s del Consejo de la Judicatura es muy relevante al nombrar jueces y magistrado­s, supervisar su actuación, sancionarl­os e incluso removerlos.

Pretender modificar la Carta Magna a través de un artículo transitori­o representa un grave retroceso, pues rompe con el orden constituci­onal y atenta contra el Estado de Derecho, e incluso, el reconocido jurista, Diego Valadés, ha advertido que “México está al borde de un periodo de orfandad constituci­onal”, pero atendemos a las palabras del coordinado­r de la mayoría en la Cámara de Diputados quien considera que la legalidad es un valor de los conservado­res y que se debe poner a la justicia por encima de la ley. Esto no parece importarle­s mucho.

Es muy probable que se presenten acciones de inconstitu­cionalidad que la Suprema Corte tendrá que resolver, y los escenarios pueden ser muy complejos. Para invalidar la norma se requiere del voto de, cuando menos ocho integrante­s, por lo que habría que preguntarn­os qué pasaría en caso de no alcanzar dicha mayoría, el ministro presidente aceptaría la prórroga de su periodo y, con ello, su legitimida­d podría ser cuestionad­a, al igual que de las y los integrante­s del Consejo de la Judicatura una vez que concluya su periodo constituci­onal.

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