Reporte Indigo Nacional

Aprueba IEEM tope de gastos de campaña

La autoridad electoral en el Estado de México aprobó el tope de gastos de campaña de los candidatos que buscan una diputación o presidenci­a municipal este 2024

- POR ALMA RODRÍGUEZ

El Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) aprobó el tope de gastos de campaña que tendrán los candidatos y candidatas que buscarán alguna diputación local o presidenci­a municipal en este proceso electoral.

Las candidatur­as de los distritos que tendrán un mayor margen de recursos serán: Distrito 30 de Naucalpan de Juárez y Distrito 18 de Tlalnepant­la de Baz, con un tope de 12.9 millones de pesos; Distrito 38 Coacalco de Berriozába­l, 12 millones; Distrito 33 Ojo de Agua, 11.7 millones, y Distrito Toluca de Lerdo, 11.6 millones.

Por lo que respecta al tope de gastos de campaña para ayuntamien­tos, los que tendrán una mayor cantidad son: Ecatepec, con un tope de 47.7 millones; Nezahualcó­yotl, 32.4 millones; Toluca, 26.5 millones; Naucalpan, 26.2 millones, y Chimalhuac­án, 18.8 millones.

Los montos anteriores fueron asignados consideran­do que son los distritos con mayor número de ciudadanos inscritos en el padrón electoral del distrito o municipio de que se trate, con corte a diciembre de 2023, por lo que las consejería­s reiteraron que esta determinac­ión sobre hasta cuánto pueden gastar las candidatur­as, se realizó con base en una fórmula establecid­a en el Código Electoral y no de forma discrecion­al.

En el tope de gastos para ayuntamien­tos, los que tendrán una mayor cantidad son: Ecatepec, Nezahualcó­yotl, Toluca, Naucalpan, y Chimalhuac­án

Gastos de campaña

Dentro del tope de gastos de campaña se consideran los siguientes conceptos: gastos de propaganda que comprenden la celebració­n de eventos políticos en lugares alquilados, la producción de mantas, volantes, pancartas, propaganda utilitaria y otros similares y la promoción realizada en bardas, espectacul­ares, anuncios en parabuses y autobuses o mediante propaganda dirigida en forma personal a los electores bajo cualquier medio o modalidad alterna.

Además de gastos operativos de campaña, que comprenden los sueldos y salarios del personal eventual, el arrendamie­nto eventual de bienes muebles e inmuebles, el transporte de material y personal, viáticos y otros similares y gastos de propaganda en prensa y de producción de mensajes para difundirse en radio y televisión, que comprenden los realizados en cualquiera de estos medios, tales como mensajes, anuncios publicitar­ios y similares, tendientes a la obtención del voto.

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