Tabasco Hoy

VA CASTIGO A LA VIOLENCIA SEXUAL DIGITAL

Se impondrá cárcel de hasta seis años a quien grabe y divulgue imágenes o videos sin consentimi­ento.

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CDMX. Cárcel de 3 a 6 años y multa de hasta 90 mil pesos será aplicada en México a quien divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona que tenga la mayoría de edad, sin su conocimien­to, aprobación y/o autorizaci­ón.

Lo anterior luego que este jueves el pleno de la Cámara de Diputados aprobara la llamada 'Ley Olimpia' que tipifica en el Código Penal Federal el delito de “violación a la intimidad sexual”.

Este dictamen, enviado al Poder Ejecutivo Federal para su publicació­n y entrada en vigor obtuvo 446 votos a favor y uno en contra.

Además, incluye las mismas sanciones a quienes videograbe­n, audiograbe­n, fotografíe­n, impriman o elabore, imágenes, audios o videos con contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimi­ento, sin su aprobación, o sin su autorizaci­ón.

También se sancionará cuando las imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual que se divulguen, compartan, distribuya­n o publiquen no correspond­an con la persona que es señalada o identifica­da en los mismos.

¿Y SI ES EL CÓNYUGE?

Además, define que el mínimo y el máximo de la pena se aumentará hasta en una mitad: Cuando el delito sea cometido por el cónyuge, concubinar­io o concubina, o por cualquier persona con la que la víctima tenga o haya tenido una relación sentimenta­l, afectiva o de confianza. O cuando el delito sea cometido por un servidor público en ejercicio de sus funciones.

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• Un colectivo de mujeres celebra a las afueras de la Cámara la aprobación de la Ley Olimpia.

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