CORRUPTOS DEBERÁN DE INDEMNIZAR A GOBIERNOS
Congreso modifica Ley que obliga a resarcir daños financieros a Estado o municipios; limitan contratación de deuda a corto plazo
A más de 320 kilómetros de la capital del estado, en el municipio de Ocampo, el Congreso del Estado aprobó la nueva Ley de Deuda Pública de Coahuila, que obliga a que los servidores públicos corruptos que causen un daño a la hacienda de las entidades paguen indemnizaciones. Asimismo el estado y los municipios podrán adquirir créditos a corto plazo por un monto de hasta el seis por ciento de sus ingresos.
Ayer, el Congreso del Estado aprobó la creación de la nueva que sustituirá a la actual Ley de Deuda Pública para el Estado, vigente desde agosto del 2011. El nuevo ordenamiento incluye los montos a los que podrán acceder los municipios o el estado en créditos a corto plazo, el destino que se dará a la contratación de deuda, así como las sanciones a funcionarios que incurran en alguna falta.
Una de las novedades es que se agregó un capítulo denominado “De las sanciones”, en el cual se especifican las responsabilidades que enfrentarán los funcionarios que incurran en actos u omisiones que representen un daño a las finanzas del Gobierno del Estado o los municipios.
En la nueva ley, el artículo 112 señala que los servidores públicos que causen un daño estimable en dinero a la hacienda de las entidades por actos u omisiones indebidas e imputables “serán responsables del pago de la indemnización correspondiente, en los términos de las disposiciones generales aplicables”.
Las sanciones serán impuestas en primera instancia a los responsables directos de los daños en materia de deuda pública, pero también al resto de personas que estén implicadas indirectamente. Tendrán carácter de créditos fiscales y se fijarán en cantidad líquida.
El ordenamiento refiere también
en su artículo 115 que las sanciones e indemnizaciones que se apliquen a los funcionarios que violen la ley, serán independientes a las responsabilidades de carácter político, penal, administrativo o civil que se les finquen por la autoridad competente.
Por otro lado, la nueva ley señala que los municipios, dependencias estatales, paraestatales y paramunicipales solo podrán contratar deuda para inversión productiva, refinanciamiento y reestructura y para ello deberán de contar con la autorización mínima de las dos terceras partes del Congreso, quienes analizarán previamente la capacidad de pago y destino del financiamiento.
El artículo 28 de la ley prohíbe a las entidades contraer, directa o indirectamente financiamientos con otras naciones, sociedades o particulares extranjeros, ni cuando deban pagarse en moneda extranjera o fuera del territorio nacional.
En el caso de los créditos a corto plazo, el monto solicitado no debe de exceder el seis por ciento de los ingresos aprobados en la Ley de Ingresos de la dependencia y solo podrá ser destinado a cubrir necesidades como la insuficiencia de liquidez temporal. El monto contratado deberá ser liquidado a más tardar tres meses antes de concluir el periodo de gobierno correspondiente.
Además, las dependencias podrán reestructurar los financiamientos sin autorización del Congreso Local cuando consigan una mejora en la tasa de interés, si no se incrementa el saldo insoluto y si no se amplía el plazo de vencimiento original.
El dictamen fue aprobado por mayoría con 19 votos a favor y cuatro en contra, pues los legisladores de Oposición señalaron que no hubo tiempo suficiente para analizar la propuesta. Criticaron el porcentaje de endeudamiento a corto plazo que se permitirá a las entidades, pues el Gobierno del Estado podrá pedir créditos por cerca de dos mil 600 millones de pesos sin pedir autorización del Congreso.
CAMBIOS A OTRAS LEYES
El Gobierno del Estado estará obligado a destinar un 50 por ciento de sus ingresos excedentes a la amortización de la deuda pública, así como el pago de adeudos anteriores.
Los diputados locales también aprobaron diversos cambios a la Ley Reglamentaria del Presupuesto de Egresos del Estado de Coahuila y a la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, donde además del destino de ingresos excedentes, se definió una nueva partida para la atención de daños por desastres naturales.
El Gobierno del Estado estará obligado a destinar un porcentaje para realizar acciones preventivas o atender daños ocasiones por desastres naturales.
Encontramos inconsistencias que creemos que podemos poner candados, porque sin autorización el Estado podría pedir un crédito de hasta dos mil 600 millones de pesos”. Jesús de León, líder de la bancada panista.