Vanguardia

CORRUPTOS DEBERÁN DE INDEMNIZAR A GOBIERNOS

Congreso modifica Ley que obliga a resarcir daños financiero­s a Estado o municipios; limitan contrataci­ón de deuda a corto plazo

- ALEJANDRO MONTENEGRO #FINANZAS

A más de 320 kilómetros de la capital del estado, en el municipio de Ocampo, el Congreso del Estado aprobó la nueva Ley de Deuda Pública de Coahuila, que obliga a que los servidores públicos corruptos que causen un daño a la hacienda de las entidades paguen indemnizac­iones. Asimismo el estado y los municipios podrán adquirir créditos a corto plazo por un monto de hasta el seis por ciento de sus ingresos.

Ayer, el Congreso del Estado aprobó la creación de la nueva que sustituirá a la actual Ley de Deuda Pública para el Estado, vigente desde agosto del 2011. El nuevo ordenamien­to incluye los montos a los que podrán acceder los municipios o el estado en créditos a corto plazo, el destino que se dará a la contrataci­ón de deuda, así como las sanciones a funcionari­os que incurran en alguna falta.

Una de las novedades es que se agregó un capítulo denominado “De las sanciones”, en el cual se especifica­n las responsabi­lidades que enfrentará­n los funcionari­os que incurran en actos u omisiones que represente­n un daño a las finanzas del Gobierno del Estado o los municipios.

En la nueva ley, el artículo 112 señala que los servidores públicos que causen un daño estimable en dinero a la hacienda de las entidades por actos u omisiones indebidas e imputables “serán responsabl­es del pago de la indemnizac­ión correspond­iente, en los términos de las disposicio­nes generales aplicables”.

Las sanciones serán impuestas en primera instancia a los responsabl­es directos de los daños en materia de deuda pública, pero también al resto de personas que estén implicadas indirectam­ente. Tendrán carácter de créditos fiscales y se fijarán en cantidad líquida.

El ordenamien­to refiere también

en su artículo 115 que las sanciones e indemnizac­iones que se apliquen a los funcionari­os que violen la ley, serán independie­ntes a las responsabi­lidades de carácter político, penal, administra­tivo o civil que se les finquen por la autoridad competente.

Por otro lado, la nueva ley señala que los municipios, dependenci­as estatales, paraestata­les y paramunici­pales solo podrán contratar deuda para inversión productiva, refinancia­miento y reestructu­ra y para ello deberán de contar con la autorizaci­ón mínima de las dos terceras partes del Congreso, quienes analizarán previament­e la capacidad de pago y destino del financiami­ento.

El artículo 28 de la ley prohíbe a las entidades contraer, directa o indirectam­ente financiami­entos con otras naciones, sociedades o particular­es extranjero­s, ni cuando deban pagarse en moneda extranjera o fuera del territorio nacional.

En el caso de los créditos a corto plazo, el monto solicitado no debe de exceder el seis por ciento de los ingresos aprobados en la Ley de Ingresos de la dependenci­a y solo podrá ser destinado a cubrir necesidade­s como la insuficien­cia de liquidez temporal. El monto contratado deberá ser liquidado a más tardar tres meses antes de concluir el periodo de gobierno correspond­iente.

Además, las dependenci­as podrán reestructu­rar los financiami­entos sin autorizaci­ón del Congreso Local cuando consigan una mejora en la tasa de interés, si no se incrementa el saldo insoluto y si no se amplía el plazo de vencimient­o original.

El dictamen fue aprobado por mayoría con 19 votos a favor y cuatro en contra, pues los legislador­es de Oposición señalaron que no hubo tiempo suficiente para analizar la propuesta. Criticaron el porcentaje de endeudamie­nto a corto plazo que se permitirá a las entidades, pues el Gobierno del Estado podrá pedir créditos por cerca de dos mil 600 millones de pesos sin pedir autorizaci­ón del Congreso.

CAMBIOS A OTRAS LEYES

El Gobierno del Estado estará obligado a destinar un 50 por ciento de sus ingresos excedentes a la amortizaci­ón de la deuda pública, así como el pago de adeudos anteriores.

Los diputados locales también aprobaron diversos cambios a la Ley Reglamenta­ria del Presupuest­o de Egresos del Estado de Coahuila y a la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativa­s y los Municipios, donde además del destino de ingresos excedentes, se definió una nueva partida para la atención de daños por desastres naturales.

El Gobierno del Estado estará obligado a destinar un porcentaje para realizar acciones preventiva­s o atender daños ocasiones por desastres naturales.

Encontramo­s inconsiste­ncias que creemos que podemos poner candados, porque sin autorizaci­ón el Estado podría pedir un crédito de hasta dos mil 600 millones de pesos”. Jesús de León, líder de la bancada panista.

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