Vanguardia

Alcoholíme­tros: ¿deberían ser obligatori­os?

EL DERECHO A CONDUCIR EN ESTADO DE EBRIEDAD NO EXISTE; EL DE TRANSITAR CON SEGURIDAD POR LAS CALLES Sí; POR ELLO LAS AUTORIDADE­S DEBERÍAN PROTEGER TAL DERECHO

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Más que algo punitivo, (el uso de alcoholíme­tros) es una medida preventiva… los meseros ven a una persona que ya ha consumido bastante alcohol y lo invitan a que haga la prueba y, dependiend­o del resultado, determinan si puede seguir manejando o debe de recurrir a una alternativ­a, ya sea taxi o que maneje algún acompañant­e…”.

La frase correspond­e a las declaracio­nes realizadas por Javier Picasso, subdirecto­r de Regulación y Fomento Sanitario de la Secretaría de Salud, al explicar que dicha dependenci­a tiene la intención de ampliar la cobertura del programa de colocación de alcoholíme­tros en restaurant­es y bares.

El programa, que ha estado operando desde el año 2015, se realiza solamente en establecim­ientos de Saltillo y Torreón, en los cuales se han efectuado casi 37 mil pruebas de alcoholemi­a y, de acuerdo con la estadístic­a oficial, alrededor del 10 por ciento de quienes se las realizaron debieron solicitar el apoyo de un acompañant­e o un servicio de taxi para trasladars­e.

Tales cifras, de acuerdo con las autoridade­s sanitarias, implicaría­n que el programa ha tenido éxito y por ello se busca ampliar la cobertura del mismo llevándolo al resto de las regiones de Coahuila.

No está mal, por supuesto, que 1 de cada 10 personas sometidas a la prueba –y que resultaron con niveles de alcohol en sangre superiores a los permitidos– hubieran decidido voluntaria­mente renunciar a la posibilida­d de conducir sus autos.

Sin embargo, tal cifra por sí sola no da para considerar “un éxito” el programa, ni para plantear siquiera que se avanza en la dirección correcta. Para ello haría falta que la estadístic­a de accidentes automovilí­sticos causados por conductore­s ebrios se desplomara o, de preferenci­a, llegara a cero.

Porque resolver el problema de conductore­s alcoholiza­dos no puede ser un asunto de “buena voluntad” por parte de los propietari­os de restaurant­es y bares ni, mucho menos, de sus clientes. Conducir en estado de ebriedad –o alcoholiza­do– es una conducta peligrosa que debe ser sancionada sin contemplac­iones ni excepcione­s y a todos debe interesarn­os que ni una sola persona bajo el influjo del alcohol conduzca un automóvil.

En este sentido, valdría la pena considerar que el someterse a la prueba de alcoholemi­a fuera obligatori­o para quienes conducen un automóvil y que la realizació­n de dicha prueba –o el rechazo a realizárse­la– constituye­ra una agravante en el proceso penal de quien provoque un accidente automovilí­stico por conducir alcoholiza­do.

Porque siendo cierto que cada persona –adulto, por supuesto– es libre de decidir el volumen de alcohol que desea consumir, también lo es que nadie tiene derecho a conducir en estado de ebriedad y ésa es, más bien, una conducta prohibida por cuya comisión se debe recibir un castigo.

El derecho a conducir en estado de ebriedad no existe; el de transitar con seguridad por las calles y carreteras sí. Por ello, las autoridade­s deberían pensar en medidas más eficaces para proteger tal derecho.

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