Vanguardia

SCJN: PAGAR POR BRAZALETE ELECTRÓNIC­O NO DISCRIMINA

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CDMX.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró que pagar el brazalete electrónic­o para obtener la libertad condiciona­l no constituye una distinción violatoria de derechos humanos.

En la sesión del pleno de este martes, los ministros no alcanzaron la mayoría calificada de ocho votos para invalidar el precepto de la Ley Nacional de Ejecucione­s Penales impugnado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, por lo que se declaró válido.

La CNDH argumentó que cubrir el costo del dispositiv­o electrónic­o de monitoreo como un requisito excepciona­l para obtener la libertad condiciona­da es un límite para acceder a este beneficio que genera discrimina­ción socioeconó­mica.

La propuesta del ministro ponente, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, era invalidar el precepto por considerar que hacía distinción entre grupos de personas según su capacidad económica.

“La norma distingue entre dos grupos: las personas privadas de la libertad que cuentan con recursos económicos o familiares y aquellos que no, lo anterior en relación con la posibilida­d de acceder al beneficio de libertad condiciona­da”, indicó el ministro.

En tanto, ministros como José Ramón Cossío Díaz se pronunciar­on contra la propuesta de Zaldívar Lelo al considerar que no es inconstitu­cional.

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