Vanguardia

‘La legítima defensa tiene sus limitantes’

POLÉMICA PROPUESTA Magistrado­s de Coahuila no comulgan con Nuevo León, que pretende reformas para no sancionar a quien se exceda en proteger sus derechos ADIESTRARÁ­N A MUJERES EN DEFENSA PERSONAL Porque nadie puede hacerse justicia por su propia mano.”.

- ANTONIO RUIZ #CONSTITUCI­ÓN ÉDGAR MONCADA #MUNICIPIO

No se otorga licencia para que una persona porte una arma de fuego o punzocorta­nte para quitar la vida a un presunto agresor, sino que la Constituci­ón y el Código Penal autorizan el uso de dichos objetos sólo para defender su derecho, familia y patrimonio, y al excederse, tiene que ser sancionado, pero de una forma menor, porque de lo contrario, se promovería una lucha de todos contra todos que afectaría a la comunidad en general, considerar­on los abogados Óscar Nájera Davis y Adrián González Hernández.

Los magistrado­s del Tribunal Superior de Justicia del Estado, Nájera Davis y González Hernández no coincidier­on con la iniciativa de reforma al Código Penal de Nuevo León que promueve el diputado federal Carlos de la Fuente para que no se sancione a las personas que se excedan al defeder su derecho, familia y patrimonio, porque nadie puede hacerse justicia por su propia mano.

El Código Penal de Coahuila justifica la portación de una arma de fuego que no sea reglamenta­ria y otros objetos para defender su derecho, familia y patrimonio, aunque llegue a privar de la vida al atacante, pero la persona no debe excederse en su actuación, aclaran los magistrado­s.

Nájera Davis expuso como ejemplo el caso de una mujer karateca que fue manoseada en su cuerpo por El Instituto Municipal de las Mujeres de Saltillo invita a quienes estén interesada­s en tomar un curso de defensa personal que ofrece esta dependenci­a de manera gratuita y que se impartirá este fin de semana con el fin de que puedan responder ante algún posible intento de ataque, lo único necesario es hacer el registro necesario.

La dependenci­a municipal dio a conocer que las actividade­s se llevarán a cabo este próximo sábado 3 de junio a partir de las 10:00 horas en la unidad deportiva conocida como Carlos R. González, ubicada frente al Biblioparq­ue Sur.

Las mujeres que estén interesada­s en aprender estas técnicas de defensa personal pueden registrars­e al teléfono 415-28-15, en el Instituto Municipal de las Mujeres, ubicado en la calle de Morelos sur, número 137, entre Juárez y Ramos Arizpe, o bien al momento de llegar al lugar donde se impartirá el curso.

Ya son varias ocasiones que la mencionada dependenci­a municipal ofrece esta actividad y en las anteriores ocasiones han tenido una importante afluencia de mujeres, por este motivo la invitación ha sido reiterativ­a en los últimos meses. un sujeto, quien a cambio recibió una severa golpiza y fracturas que necesitó de la atención médica.

De ahí que las autoridade­s tuvieron que sancionar, aunque de una manera menor, a la mujer karateca, porque se excedió en su defensa, y sólo hay una sanción atenuada, porque nadie puede hacerse justicia por su propia mano, porque se corre el riesgo de promover una lucha de todos contra todos, señaló.

El magistrado Óscar Nájera Davis dijo que desde hace años el Código Penal de Coahuila tiene perfectame­nte regulada la protección de la persona, de su familia y de sus bienes, cuando un intruso pretenda atacar a la persona e invadir la casa.

“La figura que antes conocíamos como defensa propia, en Coahuila no la llamamos de esa forma, sino se denomina legítima defensa, porque no sólo puede recaer sobre la propia persona, sino tambien entre otras que en un momento Óscar Nájera Davis y Adrián González Hernández, dado el sujeto esté obligado a defender”, expuso.

Como ejemplo, nuevamente expuso: “No es a mí a quien están atacando, sino a mi hija, entonces yo tengo la legítima defensa de defenderla y —ojo, de repeler la agresión—, esto me puede permitir lesionar y hasta matar al agresor.

“Pero hay un excluyente de delito por antijurici­dad, porque la lay permite quitarte la parte negativa siempre y cuando haya sido con la intensión de repeler esta agresión, que es infundada contraria a derecho siempre y cuando esa acción sea actual e inminente.

“Ahora, pudiera ocurrir que al agredido se le pasa la mano, porque con un golpe lo pudo haber retenido como lo estipula la Ley, pero le dio cinco golpes —entonces ahí sigue habiendo delito—, pero es un delito atenuado que hay regla en el Código Penal para bajar esta atenuación”, explica.

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Advertenci­a. La Constituci­ón establece el uso de armas exclusivam­ente para defensa, no para ataque.

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