Trife ‘revive’ caso contra Memo Anaya
La Sala Superior del Trife echó abajo la resolución Del Tribunal Electoral del Estado en el procedimiento especial sancionador PES/59/2017, que declaró inexistentes las infracciones atribuidas al PAN, Guillermo Anaya y Jorge Rosales por hechos violatorios del interés superior de la niñez.
Con la resolución, la Sala Superior ordenó al TEEC reabrir la investigación para determinar si, en la vía pública, los niños fueron contratados por este partido para la repartición de propaganda a su favor.
Al resolver el juicio, los integrantes de la Sala Superior consideraron que el TEEC incumplió con el principio de exhaustividad, al tramitar y declarar como infundado un procedimiento especial sancionador iniciado con motivo de la denuncia presentada por el PSI.
En la sentencia dictada por la Sala Superior se señala que los principios de progresividad y del interés superior del menor permiten que las autoridades adopten reglas y medidas específicas orientadas hacia la protección de los derechos e intereses de la niñez.
El Trife concluyó que el principio de exhaustividad debió ser garantizado de manera reforzada, toda vez que se denunció la presunta comisión de hechos violatorios del interés superior de la niñez, derivados de la difusión de propaganda.