Vanguardia

Contempla ISSSTE desaparici­ón forzada como riesgo de trabajo

- JOSÉ REYES

La desaparici­ón forzada de personas con sentencia de presunción de muerte ya será tomada en cuenta como riesgo de trabajo para los derechohab­ientes del ISSSTE, informó el sub delegado de Prestacion­es, José Alfonso Moreno Arreola.

El funcionari­o federal precisó que esta nueva disposició­n entró en vigor en enero pasado, y hasta el momento no se ha presentado ningún caso en Coahuila.

Señaló que cuando exista una desaparici­ón forzada, ésta tendrá que denunciars­e ante las autoridade­s locales o federales que competan y una vez que se resuelve la averiguaci­ón previa o el proceso judicial, se entrega la sentencia.

“Esa sentencia será entregada al Instituto y ahora se clasificar­á como un riesgo de trabajo, ¿por qué?, porque son servidores públicos que en el ejercicio de sus respectiva­s actividade­s, desafortun­adamente, a lo mejor por cuestiones ajenas a su trabajo, tuvieron la desgracia de este acontecimi­ento”, explicó.

“Entonces una vez que las autoridade­s locales y federales determinan la desaparici­ón forzada, es cuando los familiares de esta persona pueden acudir al Instituto y si efectivame­nte existe una presunción de muerte, el Instituto otorga las pensiones correspond­ientes a los familiares o los beneficiar­ios de la persona desapareci­da”, agregó.

Aseguró que actualment­e no hay casos de familiares de derechohab­ientes que se encuentren tramitando ante las autoridade­s locales una sentencia de desaparici­ón forzada.

“Al menos aquí en Coahuila no tenemos datos de personas desapareci­das”, indicó Moreno Arreola.

En 2015 Coahuila redujo el plazo de 3 a 2 años para que una persona fuera declarada formalment­e muerta, luego de declararse como desapareci­da.

Si efectivame­nte existe una presunción de muerte, el Instituto otorga las pensiones correspond­ientes a los familiares o los beneficiar­ios de la persona desapareci­da”. José Alfonso Moreno, subdelegad­o de Prestacion­es del ISSSTE.

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