Para octubre, primeras audiencias por amparos contra ‘aceleres’ en Ley Estatal Anticocrrupción
El 10 de octubre empezarán las audiencias de amparos promovidos sobre la reforma constitucional que da cabida a la Ley Estatal Anticorrupción. Así lo dio a conocer Juan Carlos López Villarreal.
El vicepresidente del Consejo Cívico de las Instituciones de Coahuila indicó que la Alianza Anticorrupción no presentó un amparo, pero sí los presentaron algunos de sus miembros de forma individual días antes de que venciera el plazo.
Se presentaron a finales de agosto o principios de septiembre y en el juzgado federal local se le dio el correcto ingreso y esperan primera audiencia para el 10 de octubre.
De los puntos específicos contra los que se promueve el amparo, López Villarreal comentó que incluye el cumplimiento precisamente a la reforma que hizo el Congreso del Estado para hacer de una manera acelerada esta reforma.
“En diciembre de 2016 se aprobó una reforma por parte del Congreso para poder omitir las lecturas de las reformas constitucionales y dar plazos de 10 días entre lectura y lectura y tener el visto bueno de más de la mitad de los municipios, esa reforma se hizo para poder acelerarla y hacerla de la manera más rápida y expedita posible”, indicó.
Ante ello, lo que se pide es que se haya cumplido con todos los trámites que exigía la reforma anterior. Además, se aboga que no había sustento legal para en el mismo día poder aprobar una reforma que da entrada a una ley y la propia ley.
“No hay fundamento legal para decir ‘esta ley aprueba’ cuando la reforma no se ha publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado”, indicó.
Agregó que de ganar los amparos, tocará al juez decidir cuáles serían los procesos a reponer y hasta dónde; asimismo, dijo que fue un grupo de ciudadanos inconformes los que presentaron esos amparos.
Sobre la selección de los integrantes del Consejo de Participación Ciudadana y la convocatoria del Fiscal General, agregó que esperan que la Comisión de Selección elija a 5 ciudadanos con independencia, autonomía y capacidad técnica, mientras que el fiscal general debe tener también la autonomía e independencia de grupos de poder, partidos políticos y de cuotas, además de tener una experiencia probada en el tema de seguridad.