Vanguardia

Reelección: con reglas ‘sobre las rodillas’

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Desdeque en México se estableció la posibilida­d de la reelección varios aspectos del tema han causado preocupaci­ón a los especialis­tas en normativid­ad electoral, porque la ausencia de reglas específica­s implica la posibilida­d de que los comicios se realicen en condicione­s de incertidum­bre para partidos, candidatos y ciudadanos.

¿Basta con que un funcionari­o electo “desee” presentars­e a la reelección para que pueda hacerlo?; en el caso de los ayuntamien­tos, ¿la reelección es individual o debe ser necesariam­ente colectiva?; en el caso de los regidores y legislador­es electos por el principio de representa­ción proporcion­al; ¿pueden optar por la vía de la mayoría relativa en la siguiente elección o sólo pueden hacerlo por la misma vía en la que originalme­nte fueron electos?

Las preguntas son múltiples y no basta con responderl­as con sí o no, pues las implicacio­nes que en términos de normativid­ad tiene cada respuesta son variadas y complejas.

Y entre los cuestionam­ientos que se han repetido desde la aprobación de la reforma constituci­onal de 2014 se encuentra un tema que cobró nueva vigencia hace unos días debido a un fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación: quienes aspiren a la reelección, ¿deben o no solicitar licencia para separarse del cargo?

Al resolver una controvers­ia relativa a la legislació­n electoral del Estado de Yucatán, la SCJN dijo que los integrante­s de los ayuntamien­tos, así como del Congreso de aquella entidad, no están forzados a solicitar licencia cuando pretendan ser reelectos porque “en la lógica de la reelección está que la ciudadanía valore el trabajo” de dichos funcionari­os.

Ciertament­e el fallo de la Corte se refiere únicamente a la legislació­n yucateca, pero el criterio establecid­o en este caso necesariam­ente tendría que aplicarse a cualquier otra legislació­n del País y ello obliga a cuestionar­se si tal criterio debe aplicarse al proceso electoral que para renovar ayuntamien­tos acaba de comenzar en Coahuila.

Hoy, el Consejo General del Instituto Electoral de Coahuila discutirá el tema y se pronunciar­á al respecto. En primera instancia, la consejera Presidente del IEC ha dicho que la resolución a ser discutida y votada implica determinar “la fecha en la que se tendrán que separarse del cargo quienes aspiren a un puesto de elección popular, pero que caigan en el supuesto de la reelección”.

La declaració­n pareciera adelantar que los consejeros del IEC van a establecer una fecha, es decir, que van a decidir que los integrante­s de los ayuntamien­tos que aspiren a la reelección sí deben separarse del cargo.

¿Qué quiere decir esto? Segurament­e que los partidos políticos recurrirán la decisión ante los tribunales electorale­s a fin de forzar la aparición de una sentencia que zanje la discusión en definitiva. Y dado que la Corte ya ha fijado un criterio, es de suponerse que el Tribunal Electoral ratificará dicho criterio.

Así pues, lo aconsejabl­e es prepararse para la mudanza de paradigma: tal como ocurre en casi cualquier país del mundo en donde la reelección es una regla, los funcionari­os mexicanos podrán hacer campaña al mismo tiempo que ejercen el cargo.

Como ocurre en casi cualquier país del mundo en donde la reelección es una regla, los funcionari­os mexicanos podrían hacer campaña al mismo tiempo que ejercen el cargo

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