Vanguardia

Riquelme no usó recursos de Fonden: Tribunal Electoral

- ROXANA ROMERO

El Tribunal Electoral de Coahuila resolvió que no hay suficiente­s pruebas para determinar que recursos del Fondo Nacional de Desastres (Fonden) destinados al municipio de Torreón, hayan sido utilizados para la campaña de Miguel Ángel Riquelme.

Los magistrado­s del Tribunal local aprobaron por unanimidad la sentencia PES 78/2017, que determina la inexistenc­ia de violacione­s sobre la denuncia que el PAN interpuso sobre el supuesto uso de recursos del Fonden para la campaña de Miguel Riquelme en el pasado proceso electoral.

En la denuncia de Acción Nacional, se argumentó que el entonces candidato a la gubernatur­a, Miguel Riquelme, y Alberto Prorrogas Quintanill­a, director municipal de Protección Civil, violaron la Constituci­ón Estatal y el Código Electoral, luego de que, presuntame­nte, recursos y apoyos de Fonden fueron almacenado­s en una bodega que no pertenece a la Alcaldía y se habrían utilizado en la campaña electoral.

El Tribunal concluyó que el PAN no aportó pruebas suficiente­s para acreditar que el entonces candidato o su partido se hubieran beneficia- do con el Fonden, por lo que se declaró la inexistenc­ia del uso indebido de recursos públicos en materia electoral por parte del Gobierno del Estado, del director municipal de Protección Civil, del PRI y el entonces candidato.

Luego de que la Sala Regional del Tribunal Federal Electoral (Trife) declarara válidas las reformas del Reglamento de Fiscalizac­ión del Instituto Nacional Electoral (INE) para los partidos políticos durante el proceso electoral, el Comité Directivo Estatal declaró que confía en que la Sala Superior del Tribunal les dé la razón en los recursos que interpusie­ron.

Al aplicar dichas reformas, el INE determinó, después de la elección de Gobernador el pasado mes de junio, que el candidato del PRI, Miguel Ángel Riquelme, rebasó los topes de campaña.

Ante esta resolución, el PRI interpuso un recurso ante la Sala Superior del Trife argumentan­do su inconformi­dad de dichas reformas, por no haber sido publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Sin embargo, este jueves, los magistrado­s de la Sala Regional en Monterrey, resolviero­n el recurso de revisión SMRAP-60/2017, interpuest­o por el Partido Social Independie­nte, luego de haber recibido una multa por la que debían pagar 4 millones 916 mil pesos.

El partido se inconformó por esta multa e interpuso el recurso de revisión ante la sala regional. En su defensa señalaron, igual que el PRI ante la Sala Superior, que el reglamento no había sido publicado en el DOF.

No obstante, los magistrado­s determinar­on que si los partidos políticos tienen conocimien­to sobre estas reformas, deben cumplirlas aunque no hayan sido publicadas en el DOF.

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Cargo. Juan de León, secretario de Comunicaci­ón del PRI.

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