Elección 2017: el turno del Tribunal
Con la resolución de la última queja que sobre los gastos de campaña se encontraba pendiente en el Instituto Nacional Electoral, concluyó la tarea de la autoridad administrativa en relación con la fiscalización del proceso electoral de Coahuila y ahora el balón se encuentra enteramente en la cancha del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
¿Qué debemos esperar los coahuilenses de la resolución final de esta larga, muy larga controversia que ha polarizado a la opinión pública? Fundamentalmente, que la autoridad jurisdiccional resuelva conforme a derecho, es decir, conforme a los méritos de las pruebas que una y otra parte han aportado al expediente que es objeto de análisis.
No puede ignorarse, desde luego, que los cinco meses transcurridos desde la jornada electoral del pasado 4 de junio han instalado en buena parte de la ciudadanía la idea de que la elección debería anularse porque presuntamente habrían existido irregularidades que son causa suficiente para ello.
Sin embargo, es necesario tener en cuenta que las irregularidades alegadas deben probarse en juicio y que, sólo si ello ocurre, los tribunales pueden de forma legítima dictar una sentencia en ese sentido.
En otras palabras, habría que insistir en el señalamiento que se ha realizado de forma insistente a lo largo de estos meses: el resultado de la elección es susceptible de anularse, sí, pero también cabe la posibilidad de que el Tribunal Electoral confirme la validez del mismo.
¿De qué debe depender que la decisión jurisdiccional se decante en un sentido o en otro? En las democracias, eso sólo debe depender de que los jueces valoren objetivamente las pruebas aportadas en el juicio y que, con base en ello, emitan una sentencia que zanje la discusión.
Como en cualquier juicio, una de las partes quedará inconforme y podrá considerar que no se hizo justicia, pero no existe otra realidad posible en ningún tipo de juicio: al final una de las partes resulta ganadora y la contraria debe asumir la derrota.
En este sentido, cualquiera que sea la resolución, los actores políticos tendrían que comprometerse con el respeto a la resolución que se emita. Y tal conducta les resulta exigible no solamente porque en las democracias el apego a la institucionalidad es una regla, sino porque los actores políticos son los únicos responsables del diseño institucional que rige la organización de los procesos electorales y la resolución de las diferencias derivados de éstos.
Así pues, dentro del margen que las reglas de la política permiten a partidos y candidatos, para expresar sus opiniones en público y para alentar a la ciudadanía a participar en ejercicios para exigir a las instituciones que se apeguen a los principios democráticos en su actuación cotidiana, lo que es de esperarse es un compromiso irrestricto de los actores políticos con la institucionalidad.
En última instancia, y tal como lo han hecho en la última década, tienen la prerrogativa de modificar el diseño institucional, a fin de que los resultados que éste arroje se ajusten mejor al modelo de lo deseable. Por lo pronto, harían bien en sujetarse a las reglas que ellos mismos crearon.
Cualquiera que sea la resolución, los actores políticos tendrían que comprometerse con el respeto a lo que se emita, porque éstos son los responsables del diseño institucional que rige las elecciones