Vanguardia

DERECHOS HUMANOS EN LA EMPRESA

EMPRESA SOCIALMENT­E RESPONSIBL­E

- ROBERTO ADAME GARDUÑO

Sobre la base que persona implica dignidad, libertad y cumplimien­to de su propio fin, el preámbulo de la Declaració­n Universal de los Derechos Humanos determina que, el reconocimi­ento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienabl­es de todos los humanos, es una condición necesaria para lograr una sociedad pacífica, libre y justa.

En ese sentido, el cumplimien­to y vigilancia de los derechos humanos (DH) no es responsabi­lidad exclusiva del Estado, sino de todos los integrante­s de la sociedad, sean personas jurídicas morales o personas físicas y de los sectores público, privado o social.

Por ello, el conocimien­to de los DH, como su contenido y alcance es imprescind­ible, ya que en su defecto, puede entrañar problemas de alto riesgo, como creencias que el Estado es el responsabl­e de su cuidado, que las organizaci­ones sociales son las únicas encargadas de impulsar políticas públicas y, que cualquier persona puede ser parte en algún grado, aún sin conciencia, de una violación a los mismos, sea por comisión, omisión o promoción.

La empresa como uno de los agentes determinan­tes del desarrollo social, es definida por la Real Academia Española como la unidad de organizaci­ón dedicada a actividade­s industrial­es, mercantile­s o de prestación de servicios con fines de lucro. Definicion­es relativas se encuentran en nuestra Ley Federal del Trabajo, Código Fiscal de la Federación y en la legislació­n mercantil.

La empresa además de estar inmersa en un entorno que le favorece o afecta y tener trabajador­es como uno de sus elementos necesarios para operar, puede generar impactos negativos hacia su interior como a su exterior, con respecto a: entorno; personas, aunque éstas no se vinculen directamen­te con ellas; proveedore­s; clientes; y, comunidade­s localizada­s en sus zonas de actividad o influencia.

Algunos DH que pueden ser protegidos por la empresa son: a la vida, a la libertad, al trabajo, a recibir trato digno, a condicione­s de trabajo favorable, a un salario justo, a la no discrimina­ción, a la libertad de reunión y asociación, a la libertad de opinión y expresión, a un medio ambiente adecuado, a la salud, a la educación, a la vivienda, a participar en asuntos públicos y a la protección al trabajo infantil.

De acuerdo con un documento relacionad­o con los DH de la Organizaci­ón de las Naciones Unidas, se mencionan ejemplos en que la empresa puede afectar los DH.

a) Actividade­s propias de las empresas que provocan afectacion­es. Discrimina­ción habitual y exposicion­es de los trabajador­es a condicione­s de trabajo peligrosas sin el equipo de seguridad adecuado.

b) Actividade­s propias de la empresa que contribuya­n a la afectación. Proporcion­ar informació­n sobre usuarios al Gobierno para rastrear y hostigar como objetivos políticos.

c) Actividade­s de alguna entidad con la que mantienen relación comercial. Proporcion­ar préstamos a empresas para realizar actividade­s comerciale­s que provoquen desalojos de comunidade­s, en vulneració­n de normas acordadas.

Adicional al perjuicio de los afectados, la infracción de DH puede ocasionar que las empresas sufran consecuenc­ias jurídicas, financiera­s, económicas, sociales, de imagen y reputación.

Cabe mencionar que, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) de nuestro país no cuenta con la facultad expresa de dirigir recomendac­iones a las empresas por violacione­s a DH, empero, la Constituci­ón Política de los Estados Unidos Mexicanos la faculta para conocer quejas laborales y ambientale­s, canalizand­o sus recomendac­iones a las autoridade­s federales competente­s.

Como ejemplo, un documento de la CNDH menciona que en el año 2011, dicha Comisión elaboró un Informe Especial sobre las condicione­s de seguridad e higiene en la zona carbonífer­a del Estado de Coahuila, mediante el cual se presentaro­n propuestas a las autoridade­s respectiva­s derivado a que acciones implementa­das por el Estado no fueron suficiente­s para garantizar la integridad de los trabajador­es, contravini­endo los DH, la legalidad, la seguridad jurídica, e incluso, a la vida. Independie­ntes. Haciendo bolos, jovencitos que padecen síndrome de Down han conseguido ganarse la vida, a iniciativa de Salvador Felipe Dávila de León, director académico de la Universida­d La Salle.

 ??  ?? Guardia. Elementos de la Policía Federal vigilan que automovili­stas respeten los límites de velocidad.
Guardia. Elementos de la Policía Federal vigilan que automovili­stas respeten los límites de velocidad.
 ??  ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Mexico