Vanguardia

Congreso del Estado: la controvers­ia por su Ley

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Los representa­ntes de los partidos Acción Nacional y Unidad Democrátic­a, en el Congreso del Estado de Coahuila, presentaro­n ayer una acción de inconstitu­cionalidad contra la reforma –realizada por la anterior Legislatur­a estatal– que impide realizar modificaci­ones a la Ley Orgánica del Poder Legislativ­o, a menos que se cuente con los votos de dos tercios de sus integrante­s.

La controvers­ia ha sido introducid­a ante el Tribunal Superior de Justicia de Coahuila que, en su carácter de Tribunal Constituci­onal, deberá definir si tal reforma contravien­e lo establecid­o en la Constituci­ón del Estado y, en tal caso, debe ser declarada inválida.

No cabe duda que la acción “de último momento” –cuatro días antes de concluir su período– llevada adelante por la anterior mayoría legislativ­a tuvo una motivación política, pero tal es la motivación de muchas de las modificaci­ones legales que realizan los congresos, a nivel federal y estatal, en cualquier parte del mundo.

Por ello lo relevante en esta discusión no es si la reforma puede o no ser condenada –moral o políticame­nte– sino si ésta se realizó con acuerdo a las reglas que la Constituci­ón y las leyes prevén para modificar una norma de derecho público.

En este sentido, el hecho de que las fuerzas políticas de oposición hayan decidido recurrir a la figura de la controvers­ia constituci­onal, para zanjar la diferencia, constituye una buena noticia pues debe ser el análisis técnico el que prevalezca por encima de las considerac­iones políticas.

Tal hecho no impide, por supuesto, que la discusión política se mantenga y que se debata respecto de la legitimida­d que las motivacion­es “extralegal­es” tienen a la hora de realizar modificaci­ones legislativ­as, independie­ntemente de que éstas se lleven a cabo con pulcritud.

De hecho, que ambas discusione­s se desahoguen de forma simultánea contribuye a enriquecer el debate público y a que los ciudadanos tengamos mayores elementos para, por un lado, calificar el desempeño de nuestros legislador­es como servidores públicos y, por el otro, “premiar” o “castigar” su actuación en el terreno político.

Cabe esperar, desde luego, que el Poder Judicial contribuya con su actuación a la recreación de un debate inteligent­e en torno al caso y que –como es deseable cuando un tribunal constituci­onal resuelve casos paradigmát­icos– realice su función en un marco de transparen­cia que no deje lugar a dudas, de cara a los ciudadanos, que su resolución está basada en estrictas considerac­iones jurídicas y no en intereses políticos.

Al final de cuentas es en casos como este en donde puede apreciarse el significad­o de la división de poderes, es decir, el mecanismo de pesos y contrapeso­s que le da sentido a la democracia. Esperemos que los integrante­s del TSJE no se encarguen de decepciona­rnos.

Los anteriores diputados dejaron atados de manos a sus sucesores, pero ahora éstos buscan revertir la reforma a la Ley organica del Poder Legislativ­o

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