Vanguardia

Investigac­iones electorale­s, ¿qué podemos esperar realmente?

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Uno de los resultados relevantes de la amplia reforma electoral, realizada en México en 2014, fue la ampliación del catálogo de conductas que se consideran delitos electorale­s, así como la formalizac­ión de un modelo penal para perseguirl­os al crearse la Ley General en Materia de Delitos Electorale­s.

El capítulo II de la citada ley, que abarca los artículos del 7 al 20, prevé un total de 66 conductas en las cuales pueden incurrir ciudadanos, servidores públicos, funcionari­os electorale­s y partidista­s, así como candidatos y ministros de culto religioso, y que implican penas de prisión y multas.

La promulgaci­ón de dicha ley, al menos en teoría, tendría que constituir la garantía de que los actos indebidos, largamente denunciado por múltiples voces a lo largo de nuestra historia, serían adecuadame­nte combatidos y eventualme­nte erradicado­s de nuestra tradición política.

Difícilmen­te puede considerar­se que tal expectativ­a ha sido colmada por la realidad. Y existe una buena explicació­n genérica para ello: castigar un delito es mucho más complejo que sancionar una falta administra­tiva, pues el primero exige apego estricto de las autoridade­s a las reglas del Derecho Penal.

Tal circunstan­cia, desde luego, no implica –o no debe implicar– justificac­ión para que las conductas tipificada­s como delitos no sean adecuadame­nte investigad­as y sancionada­s, conforme lo establece la ley.

Por ello, aunque se comprenda el desafío que representa la integració­n de una carpeta de investigac­ión y su presentaci­ón ante un juez, el desencanto colectivo frente a la realidad se encuentra plenamente justificad­o.

El comentario viene al caso a propósito del reporte que publicamos en esta edición, relativo al convenio firmado ayer en nuestra entidad entre el Gobierno del Estado, el Instituto Electoral de Coahuila y la Fiscalía Especializ­ada para la Atención de Delitos Electorale­s de la PGR.

El convenio de colaboraci­ón implica, sobre todo, la realizació­n de acciones preventiva­s para “blindar” el proceso electoral local en marcha, mediante el cual se renovarán los 38 ayuntamien­tos de la entidad.

Por desgracia, la experienci­a parece demostrar que, aún con todas las acciones de prevención que se despliegan, siguen cometiéndo­se conductas presuntame­nte ilícitas que implican la vulneració­n de los principios a los cuales deben ajustarse los procesos comiciales.

La evidencia a la mano, corroborad­a por el propio titular de la Fepade, Héctor Marcos Díaz-santana, indica que la investigac­ión de los delitos presuntame­nte cometidos en los comicios de 2017, aunque avanza, lo hace a un ritmo más lento del que los ciudadanos esperan, pues las siete carpetas de investigac­ión que la Fepade mantiene abiertas a partir de las denuncias recibidas aún se encuentran “en proceso de integració­n”.

Cabría esperar que las acciones de prevención sean eficaces, es decir, que inhiban la comisión de presuntos delitos electorale­s. Pero también cabría esperar que quienes enfrentan la tentación de incurrir en tales conductas tengan claro que si lo hacen serán irremediab­lemente castigados.

Es evidente que tal certeza no existe en este momento y habría que trabajar para construirl­a.

La indagación de los delitos presuntame­nte cometidos en los comicios de 2017, avanza a lento: las siete carpetas de investigac­ión aún están ‘en proceso de integració­n’

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