Vanguardia

Independie­ntes, ¿dónde está el límite de lo permitido?

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Tal como ocurrió previament­e con los aspirantes a una candidatur­a independie­nte a la Presidenci­a de la República, ahora quienes por esa vía pretenden dirigir los destinos de un ayuntamien­to de nuestra entidad han incurrido en la reprobable práctica de falsear “apoyos” a su causa, tal como ayer lo documentó el Instituto Electoral de Coahuila.

De acuerdo con la informació­n dada a conocer por el órgano electoral, sólo uno de los 10 ciudadanos a quienes se autorizó convertirs­e en cabeza de una planilla “independie­nte”, en el proceso electoral local, cumplió con la presentaci­ón de las firmas de respaldo requerida sin incurrir en irregulari­dades. Los otros nueve presentaro­n, como parte de su expediente de respaldo, la “firma” de 290 personas fallecidas.

Tan sólo uno de ellos, el hoy aspirante “independie­nte” a la alcaldía de Saltillo, Juan Cristóbal Cervantes, entregó 211 de las firmas falsas detectadas por el IEC, es decir, casi el 73 por ciento del total. Adicionalm­ente, algunos de ellos presentaro­n rúbricas de personas que han sido suspendida­s en sus derechos político-electorale­s.

No se trata de un asunto menor. La entrega de una “firma de respaldo” pertenecie­nte a una persona fallecida es un intento inequívoco de burlar la ley, de engañar a la autoridad y de defraudar a los electores, un intento que no debería soslayarse ni minimizars­e.

La autoridad electoral ha dicho que dará vista, con los hechos, a la Fiscalía Especializ­ada para la Atención de Delitos Electorale­s, al INAI, al ICAI y que su propia Comisión de Quejas y Denuncias tomará, eventualme­nte, cartas en el asunto.

La pregunta obligada es si eso basta. El cuestionam­iento necesario es si tales hechos no tendrían que haber sido causa suficiente para negarle a los aspirantes, a gobernar una ciudad, el registro como candidatos independie­ntes, tomando en cuenta que no es posible explicar cómo una persona fallecida pudo haber otorgado “su respaldo” a un pretendido candidato.

Se podrá decir que, salvo el caso de Cervantes, los otros “no son tan graves”, pues algunos de ellos sólo presentaro­n una firma irregular y otros menos de una decena.

La pregunta entonces sería, ¿en dónde está el límite? O, si se prefiere, ¿cuántas firmas irregulare­s resultan “válidas” presentar como parte de un expediente de este tipo?

La respuesta ciudadana sin duda será que no es admisible, ni siquiera una firma falsificad­a o levantada en condicione­s irregulare­s, es decir, que la “tolerancia cero” tendría que ser la regla intransige­nte en este caso, pues sólo de esta forma se lanzará el mensaje correcto a quienes pretenden burlar la voluntad de los ciudadanos.

Habría sido deseable que, en este caso, el órgano electoral de Coahuila aplicara el mismo rigor con el cual, hace apenas unos días, desechó la totalidad de las peticiones recibidas para autorizar la constituci­ón de organizaci­ones políticas que posteriorm­ente podrían convertirs­e en partidos.

No ocurrió así, y tal hecho sólo abona al descrédito de la actividad electoral en nuestra entidad, así como al debilitami­ento de la credibilid­ad ciudadana.

De 10 ciudadanos, a quienes se les autorizó la candidatur­a independie­nte para una alcaldía en Coahuila, sólo uno cumplió con las firmas requeridas sin incurrir en irregulari­dades

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