Vanguardia

Justifica IEC inclusión de firmas de difuntos

- ARMANDO RÍOS

Luego de que el Instituto Electoral de Coahuila avalara la participac­ión de nueve candidatos independie­ntes para contender por los diversos municipios de Coahuila, el vocal ejecutivo de la Junta Local del INE, Juan Álvaro Martínez, indicó que esto se debe a que el padrón electoral “es un elemento vivo”.

Después de que los mismos candidatos presentara­n por lo menos 277 firmas de personas fallecidas recabadas durante el proceso de apoyo ciudadano, Martínez Lozano expresó que lo que pudo haber pasado en el caso dichos aspirantes es que hayan acreditado efectivame­nte, la participac­ión de los electores antes de que el Registro Civil notificara su fallecimie­nto ante el padrón electoral del Estado.

“Sólo podemos dar de baja cuando algo nos consta; ¿y cómo nos consta?, porque el Registro Civil cada cierto tiempo nos da la relación de cuántas personas tienen un acta de defunción, y nosotros después procedemos a darlos de baja de la lista nominal y el padrón electoral”, expresó.

Dijo que en el último corte que se obtuvo del Registro Civil de enero a febrero, se dieron de baja del padrón electoral a más de mil 612 personas por fallecimie­nto; sin embargo, no mencionó si éstas forman parte de las 277 firmas recabadas por alguno de los 9 candidatos.

Advirtió que este tema será revisado por principio de certeza, y en el caso de que los aspirantes hayan dado de alta con algún dolo las firmas de personas fallecidas, colaborará­n con la Fepade para otorgar sanciones, pues si se acredita el dolo, esto podría incurrir en un delito.

“Sería lamentable. ¿Qué es lo que pasa si consiguen las listas nominales de algún partido?: Toman los datos, pero resulta que presentan aunque la persona haya muerto desde el mes pasado; eso sería motivo de iniciar un procedimie­nto sancionato­rio”, expresó.

Sin embargo, dijo que el principio con el que se persiguen este tipo de casos es la presunción de inocencia, que da al candidato el beneficio de la duda de que las firmas presentada­s efectivame­nte se consiguier­on antes de que la persona falleciera.

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