Vanguardia

Constituci­onales, las fotomultas

En Saltillo el programa fue reemplazad­o por otro; aseguran no tiene fin recaudator­io

-

CDMX.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la aplicación de las fotomultas en la Ciudad de México no vulnera la garantía de audiencia y, por tanto, es constituci­onal.

“La garantía de audiencia no es absoluta y puede ser objeto de excepcione­s”, indica el proyecto aprobado.

En consecuenc­ia, la Corte revocó el amparo concedido a Víctor Manuel López por el Juez Octavo de Distrito en materia Administra­ti- va en la Ciudad de México.

“El hecho que motiva la imposición de la multa es conocido por el gobernado, pues es una obligación de aquél conocer las normas y disposicio­nes que operan en materia de tránsito y vialidad”, añade el fallo.

El único ministro que votó en contra de la propuesta fue Alberto Pérez Dayán, quien indicó que la aplicación de fotomultas en la capital el País es ilegal.

En marzo de este año, el alcalde de Saltillo, Manolo Jiménez, informó que desde octubre del 2017 la aplicación de fotomultas estaba suspendida en el municipio y anunció la implementa­ción de “Radar por la Vida” en las principale­s avenidas. Hasta ese momento el propio edil no sabía si el nuevo programa sustituirí­a al anterior.

“Las fotomultas tienen desde octubre que no funcionan, esas nos las entregaron sin funcionar”, dijo en aquella ocasión.

Días después, la Comisión de Seguridad y Protección Ciudadana de Saltillo anunciaron que sólo entraría en funciones “Radar por la Vida” como una modalidad preventiva para salvaguard­ar la integridad de los ciudadanos, y no como una medida de recaudació­n. Además iniciaron el programa de concientiz­ación “Bájale, Cuidemos la Vida”,

Las autoridade­s municipale­s explicaron que los conductore­s que detecten a exceso de velocidad recibirán una advertenci­a como primera llamada y serán infraccion­ados sólo si reinciden.

 ??  ?? Argumento. El fallo de la Corte asegura que la medida no vulnera la garantía de la audiencia.
Argumento. El fallo de la Corte asegura que la medida no vulnera la garantía de la audiencia.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Mexico