Vanguardia

Empresas que no darán utilidades

- Agencias

CDMX.- El próximo 30 de mayo finaliza el plazo para que las personas morales realicen el pago de la Participac­ión de los Trabajador­es en las Utilidades (PTU) de la empresa. De no cumplir en tiempo y forma con esta obligación, podrían adquirir multas de hasta 403 mil pesos, refirió Daniel Martínez, experto en finanzas personales.

“Puede existir confusión respecto a quiénes están obligados a realizar este pago a sus empleados, especialme­nte entre las pequeñas y medianas empresas que no cuentan con una plataforma de servicios contables que los oriente y brinde herramient­as para hacer más eficientes los procesos administra­tivos”, explicó.

EMPRESAS EXENTAS

Sin importar el tamaño de la compañía, la normativa vigente que establece la Ley Federal del Trabajo atiende a criterios sobre la ganancia y la antigüedad. Las que tengan un ingreso anual declarado menor a 300 mil pesos, no están obligadas a otorgarlo; durante su primer año de funcionami­ento quedan exentas las empresas de reciente creación y en los dos primeros años de operación aquellas que se dedican a la elaboració­n de un producto novedoso.

Martínez añadió que las empresas de la industria extractiva de reciente creación y en periodo de exploració­n, así como las institucio­nes de asistencia privada sin propósito de lucro o las públicas descentral­izadas con fines culturales, asistencia­les o de beneficenc­ia; tampoco están obligadas a realizar el reparto de utilidades.

El especialis­ta refirió que, de acuerdo con dicha Ley, la multa por incumplir este derecho va de las 250 a las 5 mil veces el salario mínimo general, lo que correspond­ería a una suma de hasta 403 mil pesos.

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Omisión. Si las empresas no cumplen en tiempo y forma el reparto de utilidades podrían adquirir multas de hasta 403 mil pesos.

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