Vanguardia

¿QUÉ DECÍA LA LEY?

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El segundo párrafo de la fracción II del Artículo 4 de la Ley del Servicio Médico exponía que:

“Los costos derivados de los servicios subrogados, serán compartido­s por el Servicio Médico y el derechohab­iente en proporcion­es definidas anualmente por el Consejo de Administra­ción en función de las posibilida­des económicas del Servicio Médico”.

¿CUÁNTO PAGABAN?

Según integrante­s de la Coalición de Trabajador­es de la Educación de Coahuila, durante algunos años fue: Pero recienteme­nte, apuntaron, se analizaba caso por caso llegando a pagarse:

40% MAESTROS

60% SERVICIO MÉDICO

85% MAESTROS

15% SERVICIO MÉDICO

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