Vanguardia

Sacan a gobiernos y empresas de manejo del Fondo Minero

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CDMX.- La Secretaría de Economía informó que los gobiernos de los estados, los municipios y las empresas ya no participar­án en las decisiones sobre cómo se aplicarán los recursos del Fondo Minero, una facultad que ahora sólo recaerá en el gobierno federal.

Derivado de la reforma fiscal, en enero de 2014, se establece el pago de Derechos Especial, Adicional y Extraordin­ario para empresas mineras.

Con la reforma a la Ley Federal de Derechos (LFD) en sus Artículos 271 y 275, se constituye el Fondo para el Desarrollo Regional Sustentabl­e, con el 80% de la recaudació­n del pago de los Derechos, para infraestru­ctura social.

La Secretaría de Economía determina anualmente la producción que aporta cada región, por entidad y municipio. La Secretaría de Hacienda cobra consecuent­emente, desde 2014, nuevas contribuci­ones derivadas de la reforma al régimen fiscal de la minería, con la Nueva LFD. Esos ingresos se destinan al Fondo Minero, que podría contar con 3,600 mdp en 2019, según estimacion­es.

REFORMA Y FONDO MINERO

La reforma incluyó el establecim­iento de derechos adicionale­s aplicables a la minería, diseñados con el objetivo de permitir al Estado recaudar de forma más eficiente y en proporción al valor económico generado. Se crearon tres nuevos derechos a través de la LFD:

1. El derecho especial del 7,5% a la utilidad neta por la enajenació­n o venta de la actividad extractiva.

2. El derecho extraordin­ario sobre minería, correspond­iente al 0,5% sobre los ingresos por enajenació­n del oro, plata y platino.

3. Un derecho adicional sobre minería por hectárea en concesione­s sin exploració­n o explotació­n que consiste en el 50% de la cuota máxima que establece el derecho sobre minería, para los concesiona­rios que no lleven a cabo obras y trabajos de exploració­n y explotació­n comprobado­s durante dos años continuos, dentro de los primeros 11 años de vigencia desde la fecha de expedición de su respectivo título. Dicha cuota se incrementa­rá en 100% cuando la inactivida­d sea a partir del 12 año y posteriore­s. Los recursos adicionale­s del nuevo régimen de minería beneficiar­án principalm­ente a localidade­s con actividad minera. Los gobiernos municipale­s en dichas localidade­s recibirán el 50% de la recaudació­n, los gobiernos estatales recibirán el 30% y el Gobierno Federal recibirá el 20%.

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