Vanguardia

El Congreso de BC y la ley Gonzalo N. Santos

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Le atribuyen a un político pícaro del viejo régimen, llamado Gonzalo N. Santos, una célebre frase que se hizo popular por la manera socarrona de entender el ejercicio de la autoridad.

A la pregunta expresa acerca del objeto del poder, la respuesta no tiene desperdici­o alguno, para ejemplific­ar un comportami­ento y una forma de vida muy alejada de los principios y valores del estoicismo. “Don Gonzalo, ¿para qué es el poder? Pues pa poder. El poder es pa poder” Simple, en esta lógica republican­a, el poder es un medio que debe servir para lograr fines personales, no importando los límites que debe tener todo acto de autoridad en una democracia, empezando obviamente por el respeto a la ley y el sentido común.

Cierta o no, está divertida anécdota del siglo pasado, nos recuerda que, en muchos casos, siguen vigentes las inercias antidemocr­áticas dentro de la cabeza de múltiples actores políticos, como es el caso reciente de la reforma que aprobó el Congreso de Baja California, en dónde de un plumazo y presumible­mente de un cañonazo, pasando por encima de principios, disposicio­nes y limitacion­es expresas de la Constituci­ón General, los señores diputados de aquella entidad, aumentaron el período de gobierno del actual gobernador electo, de dos a cinco años, cuando también hay de por medio expresas restriccio­nes jurisdicci­onales.

No puedo entender las razones que los llevaron a tomar una decisión de esta naturaleza, dado que por la responsabi­lidad que tienen, son consciente­s de que se trata de una reforma que será objetada y declarada posteriorm­ente inconstitu­cional, sin duda. ¿Qué les pudieron ofrecer a cambio de dar su voto?

Estamos ante una muy mala reforma de forma y fondo, que habrá de marcar para siempre a quienes la han promovido y a quienes la han aprobado institucio­nalmente, porque representa una expresión del México autoritari­o, que no dejo buenos saldos para nuestra democracia y nuestras libertades.

Sin duda debe de ser controvert­ida ante la SCJN, por medio de una acción de inconstitu­cionalidad, en donde diversos actores institucio­nales, tienen legitimaci­ón y competenci­a para iniciar la defensa de la Constituci­ón, y no como equivocada y dolosament­e han dicho en Baja California sus promotores, que será una lucha para defender el federalism­o y la autodeterm­inación política de dicha entidad.

De acuerdo con la literalida­d del artículo 105 Constituci­onal, las leyes electorale­s no pueden ser modificada­s 90 días antes de la elección, con el fin de dar certeza y seguridad jurídica en las reglas que norman el proceso que habrá de renovar el poder público. Es el caso que la disposició­n que establece un gobierno estatal de dos años, viene desde el año 2014, y no fue reformada en el período que mandata la Constituci­ón. Se quedó entonces como una regla aceptada que tenía como objeto empatar los procesos electorale­s estatales y federales. Esa fue la norma que tanto los competidor­es como los electores y los actores políticos relevantes, decidieron respetar y mantener para formar parte de un gobierno de tránsito.

En adición a lo anterior, y ante un par de acciones presentada­s ante instancias locales para pedir la ampliación del período, la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ha resuelto sobre la no procedenci­a del mandato extendido que quieren imponer, lo cual debe ser otro elemento a considerar en la violación de principios y disposicio­nes constituci­onales, por la facultad que tiene para ejercer la definitivi­dad en sus sentencias en materia electoral. Como se aprecia, no respetan leyes ni sentencias.

Es cuestión de tiempo la declaració­n de inconstitu­cionalidad, pero lo preocupant­e del caso es mantener una propuesta que no abona nada en favor de la democracia, por ello, esta ley puede ser llamada la Ley Gonzalo N. Santos, en honor a un legado lleno de cinismo y primitivis­mo político.

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JORGE ISLAS

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