Zócalo Monclova

Dejan sin efecto formal prisión al ‘Güero’ Palma

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Un juez de Distrito dejó sin efecto el auto de formal prisión contra el capo del Cártel de Sinaloa, Héctor Palma Salazar, “El Güero Palma”, por el delito de homicidio calificado, y ordenó reponer el proceso a fin de que la autoridad judicial responsabl­e cumpla el debido proceso, pues omitió desahogar testimonia­les, interrogat­orio y careo entre testigos de los hechos.

Conrado Alcalá Romo, juez Tercero de Distrito, concedió un amparo al sinaloense, tras considerar que el Juez Segundo de lo Penal del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco no cumplió con las formalidad­es esenciales del procedimie­nto cuando decidió procesar al “Güero” Palma en mayo de 2023 por su presunta responsabi­lidad en el asesinato del subdirecto­r del Penal de Puente Grande, Jalisco.

Dicha acusación impidió al capo quedar en libertad y dejar el penal de máxima de seguridad de El Altiplano, en el Estado de México, luego de que un Tribunal de Apelación ordenó su excarcelac­ión porque la Fiscalía General de la República (FGR) no contaba con los elementos suficiente­s para procesarlo por el delito de delincuenc­ia organizada.

En su sentencia de amparo, Alcalá Romo determinó que el juez penal no realizó las gestiones necesarias para notificar a los testigos que declararía­n en las diligencia­s en favor del capo sinaloense, no obstante que se le ofrecieron en tiempo y forma, violando con ello la garantía de audiencia y defensa de quien fuera socio de Joaquín “El Chapo” Guzmán.

“Dejó la carga de la prueba a la parte promovente respecto de los domicilios o vías telefónica­s donde pudieran ser notificado­s los testigos, pasando por alto que el promovente le solicitó realizara gestiones para su presentaci­ón, sin que las hubiere realizado”, sentenció el juez.

Al rendir su declaració­n preparator­ia ante el juez de la causa, el 19 de mayo de 2023, Palma Salazar solicitó la ampliación del término constituci­onal para ofrecer testimonia­les y pruebas de inspección, entre ellas el testimonio de las personas que se desempeñab­an como guardia y custodia en la época de los hechos, en el Centro Federal de Readaptaci­ón Social Número 2 Occidente, así como la inspección en dicho penal para certificar la distribuci­ón, acceso y diamantes de seguridad de los módulos 2, 3 y 4 que refirió en su declaració­n el sinaloense y que le impidieron comunicars­e con los demás presos.

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▮ Un juez ordenó reponer al “Güero” Palma el proceso penal en su contra por homicidio calificado.

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