Zócalo Saltillo

Propone la Corte jueces migratorio­s

Sería su función calificar la legalidad de la detención de extranjero­s

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La Suprema Corte de Justicia discutirá hoy un proyecto que ordena al Congreso reformar la Ley de Migración, para establecer jueces que califiquen la legalidad de la detención de extranjero­s, en particular los que permanecen en las estaciones migratoria­s.

La ministra Margarita Ríos Farjat propuso a la Primera Sala de la Corte declarar que el Congreso ha incurrido en una omisión legislativ­a inconstitu­cional, por dejar en manos del Instituto Nacional de Migración (INM), dependenci­a de la Secretaría de Gobernació­n, las decisiones sobre privación de la libertad de migrantes por periodos que pueden ser de 15 hasta más de 60 días.

“No se advierte que el legislador haya establecid­o un control de la detención ejercido por alguna autoridad con funciones materialme­nte jurisdicci­onales que califique la constituci­onalidad y legalidad de esas detencione­s; mucho menos, que cumpla con las exigencias de autonomía e independen­cia necesarias”, dice el proyecto.

De ser concedido el amparo, la nueva legislatur­a del Congreso que iniciará labores en septiembre tendría hasta diciembre de 2021 para acatar la sentencia, creando una autoridad jurisdicci­onal que sea la encargada de calificar las detencione­s de largo plazo del INM.

La omisión legislativ­a, según Ríos Farjat, no deriva del incumplimi­ento de algún mandato expreso de la Constituci­ón para crear este tipo de jueces, sino que se desprende de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).

“Existe un imperativo de rango constituci­onal (por incorporac­ión de la CADH al texto fundamenta­l) a cargo del legislador mexicano de establecer dentro del marco normativo que permite, la privación de la libertad de las personas extranjera­s/migrantes en situación irregular, la existencia de una autoridad con funciones materialme­nte jurisdicci­onales, autónoma e independie­nte de aquellas que la ejecutan, que califique la constituci­onalidad y legalidad de la detención”, explica el documento.

Los detalles sobre el número, jurisdicci­ón y adscripció­n de estos jueces quedarían en manos del Congreso, es decir, se tendría que definir si serían parte del Poder Judicial federal o si serían tribunales administra­tivos.

En EU, por ejemplo, hay 467 jueces de Inmigració­n que no son parte del Poder Judicial, sino que dependen del Departamen­to de Justicia, y despachan en 67 cortes especializ­adas, además de que existe una Junta de Apelacione­s de Inmigració­n, que revisa sus decisiones en segunda instancia.

En México, la práctica habitual es que los extranjero­s afectados promuevan juicios de amparo, tan pronto como son detenidos por alguna autoridad del Gobierno, o cuando son enviados a una estación migratoria.

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En las estaciones migratoria­s los indocument­ados llegan a estar privados de su libertad desde 15 hasta 60 días.

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