Zócalo Saltillo

Ley Zaldívar, ¿un atentado a la constituci­ón?

- HÉCTOR REYES Twitter: @_hreyes

El pasado 15 de abril de 2021, la Cámara de Senadores aprobó en sesión a distancia, la adición del Artículo Décimo Tercero transitori­o al proyector de decreto de las leyes reglamenta­rias de la Reforma Judicial. La propuesta fue aprobada en votación económica, sin discusión, a esto se le conoce en los medios de comunicaci­ón como “Ley Zaldívar”.

La propuesta fue realizada por el senador Raúl Bolaños Cacho Cué y el Grupo Parlamenta­rio del Partido Verde Ecologista de México.

En el artículo transitori­o se propone que el actual presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, y diversos integrante­s del Consejo de la Judicatura Federal, prorroguen sus cargos.

Según el documento, la propuesta de prorrogar los cargos se hace tomando en considerac­ión que la pandemia por Covid-19 impidió que la reforma constituci­onal se aprobara hace un año, como se esperaba, y con la finalidad de “asegurarno­s de que el órgano administra­tivo encargado de su instrument­ación cuente con el tiempo y la continuida­d necesarios para efectuar los cambios profundos que la Constituci­ón y las presentes leyes imponen”. Sin embargo, esta justificac­ión parece insuficien­te si tomamos en considerac­ión lo que establece la Constituci­ón y lo dicho anteriorme­nte por el propio ministro Zaldívar.

¿Cuál es el problema suscitado por el artículo transitori­o en cuestión? Al establecer que el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación durará en el cargo hasta el 30 de noviembre del 2024, el legislador pretende extender el mandato de Zaldívar a 5 años y 11 meses. Asimismo, el artículo transitori­o en cuestión también prevé alargar los cargos de consejeros de la Judicatura Federal a siete años en lugar de cinco.

La Carta Magna claramente establece en el párrafo cuarto del Artículo 97, que el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación únicamente durará 4 años en el cargo y que no podrá ser reelecto para el periodo inmediato siguiente.

De igual manera el Artículo 100 constituci­onal limita la duración del cargo de los consejeros de la Judicatura Federal a cinco años.

Juristas advierten que la ampliación de estos cargos atenta contra la independen­cia judicial. Esta garantía es fundamenta­l para el funcionami­ento adecuado de una democracia, pues constituye uno de los pilares del principio de separación de poderes y de las garantías del debido proceso.

Dicho de otro modo, los jueces y, en general, el Poder Judicial, deben estar libres de cualquier tipo de influencia por parte de otro órgano del Estado u otros agentes externos. El Poder Judicial debe ser el guardián de los derechos de las personas, de la Constituci­ón y de la ley y debe de contar con los mecanismos institucio­nales necesarios para resistir a las presiones del poder político y otros sectores.

Desde la reforma al Poder Judicial de 1994 que se centró en el fortalecim­iento y la independiz­ación del Poder Judicial como poder garante de la Constituci­ón y de los derechos humano, se ha reconocido que es necesario que los plazos de ejercicio de los ministros sean distintos e incluso escalonado­s con respecto a los de los poderes Ejecutivo y Legislativ­o precisamen­te para robustecer el carácter apolítico del Judicial.

Con el artículo transitori­o propuesto, el cargo del ministro Záldivar se extenderá hasta el último día del sexenio del presidente Andrés Manuel López Obrador.

Sin cambios —gracias a la mayoría de Morena— avanza esta ampliación de mandato.

Este jueves, la Comisión de Justicia aprobó la reforma judicial que le permitirá al ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arturo Zaldívar, y a integrante­s del Consejo de la Judicatura, prolongar dos años su encargo, a pesar de todas las advertenci­as de que es una medida que va contra la Constituci­ón.

Punto y aparte

De acuerdo con los resultados del estudio realizado en el Instituto Cardiovasc­ular del Hospital Clínico San Carlos, en España, hacer actividad física de forma regular aumenta hasta ocho veces las posibilida­des de superviven­cia en pacientes de Covid-19 respecto a aquellos que llevan una vida sedentaria.

Los estudios previos sugieren que el ejercicio por sí mismo puede reducir el riesgo de mortalidad; sin embargo, lo que no se había estudiado hasta ahora era la influencia de la actividad física como factor modificado­r de la mortalidad por Covid-19, es decir, si hacer ejercicio de forma regular tiene un efecto directo sobre la gravedad de la infección.

¡Así que no dejen de ejercitars­e! Buen fin de semana, la frase: “Si te rindes cuando las cosas se empiezan a poner difíciles, nunca lograrás algo que valga la pena”.

¡Ánimo!

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