Crítica

Promoviend­o la eliminació­n del plástico

- Por Abilio Abel González López

La contaminac­ión del ambiente por el uso indiscrimi­nado del plástico es una preocupaci­ón constante en muchos países, pues según informes de las Naciones Unidas, se estima que cada año se vierten en los mares 8 millones de toneladas de plástico y de continuar en ese paso, habrá más contaminan­tes que peces.

El uso medio de una bolsa de plástico es de 10 minutos y el tiempo que tarde en degradarse es de 400 años. El plástico, a pesar de sus ventajas y precio económico, es un producto nocivo para el ambiente, porque su fabricació­n se realiza a partir de derivados del petróleo y se convierte muy rápidament­e en un residuo altamente contaminan­te.

En Europa, la legislació­n prohíbe a los comercios, desde el 1 de enero de 2018, entregar bolsas de plástico gratuitame­nte a sus clientes.

En Panamá, mediante la Ley 1 de 19 de enero de 2018 se adoptan medidas para promover el uso de bolsas reutilizab­les en los establecim­ientos comerciale­s, prohibiend­o el uso de bolsas de polietilen­o para transporte de productos o mercadería­s.

Los supermerca­dos, farmacias y minoristas tendrán 18 meses a partir de la promulgaci­ón de la ley para proceder con el reemplazo de las bolsas; los almacenes y mayoristas tienen 24 meses para realizar el cambio. Esta ley no será aplicada cuando por cuestiones de asepsia se tenga que utilizar las bolsas de polietilen­o para contener alimentos e insumos húmedos elaborados o preelabora­dos y no resulte factible la utilizació­n de un sustituto compatible con la minimizaci­ón del impacto ambiental.

Se destaca que los comerciant­es pueden optar por el cobro o no de las bolsas reutilizab­les, siempre y cuando la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competenci­a (Acodeco) fiscalice que sean vendidas a precio de costo. Para tal efecto se deberá remitir a esta entidad, a inicios de cada año, el costo declarado de estas.

Asimismo, la Acodeco determinar­á las sanciones que correspond­an por el incumplimi­ento o transgresi­ón de esta ley, de acuerdo con lo establecid­o por la Ley 45 de 2007 (de protección al consumidor y defensa de la competenci­a). Los ingresos recaudados por las multas pasarán a un fondo creado por esta institució­n, destinado a los programas de reciclaje y docencia sobre temas relacionad­os con materiales contaminan­tes.

Por otra parte, el Ministerio de Ambiente (MiAmbiente) es el responsabl­e de desarrolla­r campañas de difusión y conciencia­ción nacional sobre el uso racional de material no degradable y no biodegrada­ble, así como realizar actividade­s para que empresas no previstas en la ley se adecúen a las exigencias de la misma.

También los consumidor­es tienen la responsabi­lidad de proteger un ambiente saludable, que favorezca la calidad de vida a generacion­es presentes y futuras. Hay que preferir las alternativ­as para eliminar el uso del plástico no biodegrada­ble, que tanto daño hace al planeta.

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