150 años del convenio entre Gunas y Colombia
EL DOCUMENTO, FIRMADO EL 10 DE ENERO DE 1871 EN BOGOTÁ, CONSTA DE DOS PARTES
El pueblo Guna conmemora 150 años de la firma de un convenio con el gobierno de Colombia. Por tratarse de una fecha importante en el devenir guna y su trascendencia histórica, por el esfuerzo dado por sus dirigentes de la época Tunabiler y Cupi en la consecución, determinación y reclamo de sus derechos milenarios de sus tierras para reivindicar su identidad y protección de los suyos a finales del siglo XIX, merece recordar.
El documento firmado el 10 de enero de 1871 en Bogotá, consta de dos partes que a continuación describimos.
La primera parte recoge con detalle el itinerario de los comisionados gunas desde sus territorios hasta la sede del gobierno Colombiano. Por petición de la Asamblea celebrada en Dituco se nombró a los señores Yaquiña Nilele, Palicua, Cuavia y Machigua, y el 19 de julio 1870 partieron a cumplir su misión de dialogar con autoridades del gobierno y solicitar sus derechos sobre los territorios donde habitan, y llegan a la cuidad capital el 21 de noviembre del mismo año. Durante el trayecto Yaquiña Nilele fallece en Popayán, ofrendando su vida en causa de su pueblo. El 22 de noviembre la dirigencia guna se reúne con el presidente Eustorgio Salgar y en los siguientes días con Felipe Zapata secretario del Interior y Relaciones Exteriores.
Además, en esta parte introductoria se describe la geografía de la región y de las actividades diarias de su población.
En la segunda parte del documento se centra en el mismo convenio que consta de 15 articulo, segmentados en definición y reconocimiento mutuo entre los artículos 1 y 2, adopción de derechos básicos establecidos en los artículos 3,4,5, y 6. La reciprocidad de las partes en asuntos específicos se encuentran en los preceptos 7, 8 y 9. La imposición de políticas convenientes, la promoción de escuelas y actividades afines con trasfondos
“Hay que poner en relieve que el gobierno tenía sus propias intenciones de entrar en la región de los gunas”
particulares. y los compromisos de las partes sobre la explotación de recursos naturales se normaron desde artículo 10 al 15 del convenio. Por tratarse de un documento histórico citaremos algunos puntos de éste.
En el Artículo 1. “La tribu indígena de los Tules, compuesta de los lugares y caseríos antes mencionados, deciden que hace parte de los Estados Unidos de Colombia, que reconocen la autoridad de su gobierno”. Por su parte, el artículo 4 decía: “El gobierno de los Estados Unidos de Colombia protegerá y defenderá a los indios Tules”.
Se estableció derechos básicos a partir del artículo 5. “El gobierno de los Estados Unidos de Colombia garantiza a los indios Tules la propiedad de las casas y cementeras que tienen actualmente y el derecho de caza y pesca en las tierras y aguas del dominio público”.
Hay que poner en relieve que el gobierno tenía sus propias intenciones de entrar en la región de los gunas, tal como se expresa en el Articulo 14. “Los colombianos podrán ir a todos los pueblos de Tulenega y vivir en ellos, poner escuelas para enseñar a los niños que quieran aprender, hacer casas, criar animales, tumbar árboles y hacer labranza todo en las tierras que no se adjudiquen a los indígenas”.
A pesar de que los comisionados Palicua y Cuava expresaron no saber firmar, el gobierno bogotano logró aprobar y dar fe del convenio acordado mediante testigos diplomáticos.