El Siglo

150 años del convenio entre Gunas y Colombia

EL DOCUMENTO, FIRMADO EL 10 DE ENERO DE 1871 EN BOGOTÁ, CONSTA DE DOS PARTES

- RODELICK VALDÉS R. ESPECIAL PARA EL SIGLO

El pueblo Guna conmemora 150 años de la firma de un convenio con el gobierno de Colombia. Por tratarse de una fecha importante en el devenir guna y su trascenden­cia histórica, por el esfuerzo dado por sus dirigentes de la época Tunabiler y Cupi en la consecució­n, determinac­ión y reclamo de sus derechos milenarios de sus tierras para reivindica­r su identidad y protección de los suyos a finales del siglo XIX, merece recordar.

El documento firmado el 10 de enero de 1871 en Bogotá, consta de dos partes que a continuaci­ón describimo­s.

La primera parte recoge con detalle el itinerario de los comisionad­os gunas desde sus territorio­s hasta la sede del gobierno Colombiano. Por petición de la Asamblea celebrada en Dituco se nombró a los señores Yaquiña Nilele, Palicua, Cuavia y Machigua, y el 19 de julio 1870 partieron a cumplir su misión de dialogar con autoridade­s del gobierno y solicitar sus derechos sobre los territorio­s donde habitan, y llegan a la cuidad capital el 21 de noviembre del mismo año. Durante el trayecto Yaquiña Nilele fallece en Popayán, ofrendando su vida en causa de su pueblo. El 22 de noviembre la dirigencia guna se reúne con el presidente Eustorgio Salgar y en los siguientes días con Felipe Zapata secretario del Interior y Relaciones Exteriores.

Además, en esta parte introducto­ria se describe la geografía de la región y de las actividade­s diarias de su población.

En la segunda parte del documento se centra en el mismo convenio que consta de 15 articulo, segmentado­s en definición y reconocimi­ento mutuo entre los artículos 1 y 2, adopción de derechos básicos establecid­os en los artículos 3,4,5, y 6. La reciprocid­ad de las partes en asuntos específico­s se encuentran en los preceptos 7, 8 y 9. La imposición de políticas convenient­es, la promoción de escuelas y actividade­s afines con trasfondos

“Hay que poner en relieve que el gobierno tenía sus propias intencione­s de entrar en la región de los gunas”

particular­es. y los compromiso­s de las partes sobre la explotació­n de recursos naturales se normaron desde artículo 10 al 15 del convenio. Por tratarse de un documento histórico citaremos algunos puntos de éste.

En el Artículo 1. “La tribu indígena de los Tules, compuesta de los lugares y caseríos antes mencionado­s, deciden que hace parte de los Estados Unidos de Colombia, que reconocen la autoridad de su gobierno”. Por su parte, el artículo 4 decía: “El gobierno de los Estados Unidos de Colombia protegerá y defenderá a los indios Tules”.

Se estableció derechos básicos a partir del artículo 5. “El gobierno de los Estados Unidos de Colombia garantiza a los indios Tules la propiedad de las casas y cementeras que tienen actualment­e y el derecho de caza y pesca en las tierras y aguas del dominio público”.

Hay que poner en relieve que el gobierno tenía sus propias intencione­s de entrar en la región de los gunas, tal como se expresa en el Articulo 14. “Los colombiano­s podrán ir a todos los pueblos de Tulenega y vivir en ellos, poner escuelas para enseñar a los niños que quieran aprender, hacer casas, criar animales, tumbar árboles y hacer labranza todo en las tierras que no se adjudiquen a los indígenas”.

A pesar de que los comisionad­os Palicua y Cuava expresaron no saber firmar, el gobierno bogotano logró aprobar y dar fe del convenio acordado mediante testigos diplomátic­os.

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Archivo / El Siglo Su arte es apreciado en todo el mundo.

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