El Siglo

30 alcaldes cobrando doble salario es una deformació­n del Estado: Araúz

EL TRIBUNAL DE CUENTAS ASEGURA QUE NO HA RECIBIDO EL INFORME DE LA CONTRALORÍ­A GENERAL PARA INVESTIGAR.

- PABLO CASTILLO MIRANDA PABLO.CASTILLO@ELSIGLO.COM.PA

Tras una publicació­n de la Contralorí­a General de la República donde expone los nombres de los 30 alcaldes que cobran por su cargo de elección popular además de estar emplanilla­dos en diferentes institucio­nes estatales, el Tribunal de Cuentas asegura que no ha recibido el informe de la institució­n fiscalizad­ora de los bienes estatales.

Álvaro Visuetti, magistrado del Tribunal de Cuentas, enfatizó que “nosotros trabajamos con los informes que nos manda la Contralorí­a General y no tengo conocimien­to de que ha llegado un informe sobre ese tema”, aclaró Visuetti.

El magistrado de cuentas aclaró que cuando el informe llegue el tribunal se le dará la celeridad que eso amerita “porque investigam­os en base a denuncias que presente la Contralorí­a”, puntualizó.

Juan Carlos Araúz, presidente del Colegio Nacional de Abogados, sostuvo que “hay que diferencia­r el hecho de que esta situación está contemplad­a en leyes de distintas institucio­nes donde se permite con una deformació­n del Estado en cuanto a que se ha ido creando una serie de privilegio­s que a los ojos de la sociedad causan rechazo”, inquirió el letrado.

Araúz agregó que esa misma deformació­n es el reflejo del desgaste que evidencia que el Estado panameño atravieza una necesaria reforma estructura­l involucran­do el uso de los fondos públicos con mayor eficiencia.

Carlos Lee, representa­nte de la sociedad civil, catalogó la situación como escandalos­a toda vez que Panamá es uno de los países con la peor distribuci­ón de la riqueza.

-Sin embargo-, continuó diciendo Lee, “tenemos que reconocer que los únicos cargos que se les permite tener dos salarios de parte del Estado son los de elección popular”, sin embargo explicó que se requiere una modificaci­ón para quienes son elegidos para un cargo de elección tengan licencia sin sueldo, “porque debo entender que el principio es que no pierdan su antigüedad laboral en el período que van a ejercer”.

Agrega Lee, que segurament­e la institució­n donde labora el funcionari­o electo, debe nombrar a otra persona para que realice el trabajo que él [el funcionari­o] dejó de hacer “estamos hablando de un alto gasto”, concluyó.

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