Seguro obligatorio para los mayores de 60
Lo que antes representaba una posibilidad remota, ahora se convierte en una posible realidad. En estos momentos el anteproyecto de ley No. 129 que fuera presento en el año 2019 -2000 y que para ese entonces tenía el número 200, presentados por los diputados Mayín Correa y Miguel Fanovich busca impactar en la salud de la población de una manera sin precedentes. Ya que el mismo, pretende obligar a las compañías aseguradoras a tener que asegurar a cualquier persona que lo solicite con 60 años de edad y condiciones de salud preexistentes. Este cuerpo legal que se encuentra en la Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social conformado por 7 Artículos, impide el rechazo de cualquier empresa que se dedique a explotar la actividad comercial del negocio de seguros en materia de salud a quien lo solicite y pueda pagarlo. El Articulo número 1, presenta un breve glosario donde define que se debe entender por una enfermedad preexistente y que se debe entender por enfermedad crónicas.
Distinguiéndolo de la siguiente manera: Se llaman enfermedades preexistentes a las enfermedades crónicas que padece el contratante antes de adquirir el seguro de salud privado para adultos mayores, mientras que las enfermedades crónicas se definen como tales todas las formas de cáncer, hipertensión arterial, todas las variedades de diabetes, condiciones cerebro vascular y cardiovascular.
Cualquier otra enfermedad, padecimiento, condición o síndrome definido por un médico especialista idóneo.
Por su parte el Artículo 2 establece puntualmente la obligatoriedad de las compañías de seguro de diseñar un plan de seguros de "servicios médicos y hospitalarios" para personas de 60 años de edad en adelante con o sin enfermedades preexistentes o crónicas.
Es decir, sin excepción tal cual dispone la propuesta de ley en su Artículo 4 de manera categórica. También, se obliga a presentar planes con costos que cumplan con estándares aceptables y previa aprobación del ente rector que es la Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá. En este anteproyecto, se crea una comisión conformada por diversos sectores asociados al tema, quienes tendrán un plazo de un año luego de aprobada la ley, para elaborar un borrador de reglamento, para el uso del seguro de salud privado para personas mayores de 60 años con o sin condiciones clínicas preexistentes.
Nos parece una propuesta interesante para las personas que no son cotizantes de la Caja de Seguro Social, y que de esta manera puedan tener un acceso a la salud que constituye un derecho humano.
Sin embargo, creo que en aquellos casos donde la Caja de Seguro Social, ofrezca “los servicios médicos y hospitalarios”, se requiere que los mismos sean mejorados ofreciendo un servicio de calidad, para evitar de esta manera, inducir a los jubilados a recurrir a un seguro privado, que afectaría sus finanzas.