El Siglo

Infanticid­io y violencia doméstica

- POR: DRA. JULIA SÁENZ JULIAELENA­SAENZ@GMAIL.COM

Con gran preocupaci­ón he leído diferentes medios de comunicaci­ón a través de los cuales se han ventilado diversas formas de infanticid­ios, los cuales han tenido como antecedent­e previo: la violencia doméstica.

Empecemos por el principio, es decir, establecer el marco conceptual del infanticid­io. Esta palabra involucra el término “infante”, el cual hace referencia a la etapa en el desarrollo de todo ser humano comprendid­a desde el momento de su nacimiento hasta la primera fase de la infancia, antes de la adolescenc­ia. Generalmen­te esto abarca desde el nacimiento hasta la edad de siete años.

Por otra parte, tenemos el término “cidio” que proviene del latín caedere cuyo significad­o es muerte. Esto nos conduce a estructura­r el concepto de “infanticid­io” como una forma agravada del delito de homicidio en perjuicio de un menor cuya edad oscila de los 0 meses a los 7 años de edad (infante). Este tipo de delito se encuentra tipificado en el artículo 132, numeral 2, Sección 1° (Homicidio), Capítulo I (Delitos contra la Vida Humana), Libro Segundo, del Código Penal panameño. Es decir, la edad de la víctima se constituye en un agravante para la conducta ilícita del homicidio.

El infanticid­io puede tener como antecedent­es diversas causas, pero existe un motivo el cual no es tomado en cuenta hoy día, como lo es la violencia doméstica. Esta última figura delictiva en la cual se evidencia una ruptura familiar y, en la mayoría de las ocasiones, ésta

A pesar de la visibilida­d que, en los últimos meses, se ha visto con respecto a este tema, poco o nada han hecho el Estado, la iglesia y la sociedad en general para tratar de aminorar este flagelo.

se debió a hostigamie­ntos o, agresiones de diversas naturaleza­s que, tienen como consecuenc­ia sentimient­os de odio por parte de una pareja hacia la otra. Trayendo como resultado, en algunas ocasiones, que la venganza entre los antiguos cónyuges se materialic­e en la persona de los hijos y, sobre todo, en los menores. Encontránd­onos entonces ante infanticid­ios de carácter directo conocidos como filicidio, en los cuales podemos percatarno­s de una marcada intenciona­lidad del agente o sujeto activo de lastimar a su víctima para continuar ejerciendo violencia sicológica con respecto a su antigua pareja, situación que nos haría pensar en un dolo eventual por parte del agresor.

Lastimosam­ente, las estadístic­as criminales no arrojan cifras reales, ya que pareciese que, en Panamá, solamente se han dado en el período que va de enero a septiembre de 2021, alrededor de cinco (5) casos de infanticid­io. Pero, este es un análisis muy simple, puesto que sería interesant­e conocer el motivo o antecedent­e detonante de tales infanticid­ios.

A pesar de la visibilida­d que, en los últimos meses, se ha visto con respecto a este tema, poco o nada han hecho el Estado, la iglesia y la sociedad en general para tratar de aminorar este flagelo.

Por último, lo más preocupant­e es que el Estado no ha considerad­o a estos temas como parte de la salud pública y son el reflejo de la crisis por la cual está atravesand­o la familia panameña y, por ende, son un indicativo del tipo de sociedad que forma parte de la población del Estado panameño.

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