El Siglo

Cambios al reglamento de tránsito a paso de tortuga

ESTAS MODIFICACI­ONES AÚN ESTÁN EN MANO DEL MINISTERIO DE GOBIERNO

- EMILIA ZEBALLOS EZEBALLOS@ELSIGLO.COM.PA

Han pasado dos meses desde que las modificaci­ones al Reglamento del Tránsito (Decreto 640) fueron enviadas al Ministerio de Gobierno, y aún se desconoce si fueron aprobadas.

El director de la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT), Carlos Ordóñez, sin dar detalles, dijo que aun estas modificaci­ones se encontraba­n en el Ministerio de Gobierno.

Toribio Díaz, vocero del Movimiento de Víctimas de la Violencia Vial, resaltó que Panamá ha hecho unos esfuerzos para hacer algunas regulacion­es en materia de seguridad vial, sin embargo, estos procesos son muy largos por la burocracia y se necesita la toma de decisiones, por ejemplo en el reglamento para poder hacer políticas públicas para incidir en el cambio en la conducta de los conductore­s y peatones.

Exhorto a las autoridade­s que ponen más energía para que los procesos sea más ágiles.

Mientras que los cambios al Reglamento de Tránsito duermen el sueño eterno, los conductore­s siguen haciendo de las suyas. La

Dirección Nacional de Operacione­s de Tránsito, reveló que en lo que va del año se han colocado 54,305 boletas por exceso de velocidad y 31,499 por desatender las señales. Se han registrado 144 decesos en 129 días del año, por accidente de tránsito.

Cabe resaltar que a inicios de marzo de este año, el director Ordóñez dijo al diario El Siglo que dentro de los cambios se abordaron temas por multas por exceso de velocidad, alcoholemi­a y que los panameños en el

La Junta Directiva de la Autoridad del Tránsito en diciembre de 2022 aprobó las modificaci­ones, luego las envío al Ministerio de Gobierno.

exterior puedan manejar con la licencia del país que residen por tres meses.

Además, se contempló la prescripci­ón de tiempo de algunas boletas (siete años). El director aseguró en esa ocasión que si un conductor pasó más de siete años sin cometer esa falta al reglamento por la cual fue multado, no se va a registrar como una segunda, sino como si fuera la primera sanción. Esto no aplica si el conductor causo un accidente tránsito, de ser así se le contabiliz­a como la segunda.

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Aris Martínez/ El Siglo Conducir a exceso de velocidad es una de las infraccion­es más frecuentes.

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