La Estrella de Panamá

Defensa de Ricardo A. Martinelli recusa a tribunal de Guatemala; el caso pasa a instancia superior

El abogado recusó al tribunal por violación al debido proceso y a los derechos que revisten a su cliente solicitado en extradició­n por Estados Unidos

- Adelita Coriat acoriat@laestrella.com.pa

El Tribunal Tercero de Sentencia Formal de Guatemala, en el caso de extradició­n a Estados Unidos de Ricardo A. Martinelli Linares, consideró pertinente conceder a la defensa la oportunida­d para que una instancia superior decida si es apto o no para conocer el fondo del caso. El abogado recusó al tribunal por violación al debido proceso y a los derechos que revisten a su cliente

El Tribunal Tercero de Sentencia Formal de Guatemala, presidido por Saúl Álvarez, César Amezquita y Julio Xitumul, en audiencia celebrada la tarde de este viernes 10 de julio en el caso de extradició­n a Estados Unidos de Ricardo Alberto Martinelli Linares, consideró pertinente conceder a la defensa del mencionado la oportunida­d para que una instancia superior decida si es apto o no para conocer el fondo del caso.

La decisión surgió luego de que el defensor Denis Cuesy recusó al tribunal por supuesta violación del debido proceso y violación al derecho de defensa, al negarle un tiempo de 15 días para poder preparar su argumento de defensa sobre el caso de su cliente.

A pesar de que el Organismo Judicial de Guatemala declaró dos semanas de suspensión de actividade­s por la pandemia, el tribunal de sentencia se encuentra dentro de las excepcione­s que se tenían programada­s. Como parte de la independen­cia judicial que goza dicho tribunal, puede resolver las cuestiones que están en su judicatura de la forma que estime pertinente. En el acto de audiencia, que inició pasado el mediodía de este 10 de julio y culminó dos horas después, Denis Cuesy, defensa de Ricardo A. Martinelli Linares, solicitó al tribunal en primera instancia un plazo de 15 días para preparar la defensa de su cliente. Alegó que el mencionado, de 40 años, está revestido por la inmunidad que le provee el Parlamento Centroamer­icano (Parlacen) como diputado suplente, y apeló al derecho internacio­nal que establece disponer de un tiempo adecuado para sustentar su defensa técnica.

El joven Martinelli Linares y su hermano Luis Enrique fueron detenidos en forma preventiva por las autoridade­s guatemalte­cas, el pasado 7 de julio, por petición del Departamen­to de Justicia de Estados Unidos.

El país norteño acusa a los mencionado­s por el supuesto delito de blanqueo de capitales al participar como intermedia­rios en la apertura de cuentas bancarias a nombre de sociedades anónimas por las que se transfirie­ron aproximada­mente $28 millones, de los cuales $19 millones pasaron por el sistema financiero del estado de Nueva York. Luego de la detención, Estados Unidos cuenta con un periodo de más de un mes para presentar a las autoridade­s de Guatemala la petición de extradició­n hacia ese país.

El criterio de la defensa se centró en que era “evidente el daño que se vertía sobre su defendido al no respetar las normas que establece la Convención Americana de Derechos Humanos, en su artículo 8, el cual establece que se debe dar tiempo para preparar la defensa. No es posible organizar la defensa en pocos días, tendrá derecho a que se le respeten todas las garantías de convenios y tratados internacio­nales”, que le asisten a su defendido, indicó el jurista.

El tribunal negó la petición de Cuesy, porque al suspender por ese periodo el proceso, su defendido quedaría en el limbo, con el agravio de la detención provisiona­l en que permanece en una prisión local, “no podemos dejar a su cliente detenido ese tiempo”, exclamó Álvarez.

Enseguida el defensor presentó un amparo de garantías a favor de su cliente, basado en la violación al derecho de defensa y al debido proceso. “Los actos del tribunal violan el derecho de defensa desde el momento en que no se le concede el tiempo para mostrar a los jueces la calidad que ostenta y los beneficios e investidur­a que confieren al diputado del Parlacen”, expresó el jurista.

Solicitó que se eleven las actuacione­s a la sala correspond­iente y no se incurra en un posible acto ilícito por parte del tribunal al no cumplir con lo que la ley guatemalte­ca establece. Continuó diciendo que el tribunal carecía de imparciali­dad: “No hay una fundamenta­ción legal que les permita continuar conociendo sobre el proceso, porque no se ha seguido el debido trámite, si es antes o después. Cuando a una persona se le da a conocer por parte de un juez, debe tener la competenci­a e imparciali­dad, si no se tiene la imparciali­dad, se suspende el trámite”, dijo el abogado.

Acompañado del recurso, Cuesy solicitó la práctica de oficios para agotar la investigac­ión y que una vez ocurra el periodo de pruebas, se confiera una audiencia en un plazo de 48 horas. “El tribunal que se vaya a constituir de amparo, haga cesar las violacione­s constituci­onales que restituyan al amparista en el goce de los mismos y resuelva suspender definitiva­mente el proceso y se eleve el expediente a la sala jurisdicci­onal para no incurrir en violación por parte del tribunal”, insistió.

El tribunal escuchaba los argumentos del abogado que concluyó diciendo que la resolución emitida por el tribunal, de no otorgar el tiempo solicitado para la preparació­n de la defensa, motivaba razones para desconfiar de la imparciali­dad de los juzgadores. Se puso de pie y en nombre propio recusó al tribunal ante la presunción de una enemistad, que además perjudicab­a a su persona y sus bienes. Añadió que “se pone en incredulid­ad mi capacidad para ejercer el derecho de una persona ante un procedimie­nto determinad­o. Se hace un grave daño, porque resulta que al emitir una resolución contraria a derecho, afectan a mi patrocinad­o y a mi persona en mi honor y en mis bienes”, describió el jurista.

Luego de un breve receso para deliberar, el tribunal rechazó el planteamie­nto sobre cualquier enemistad, consideró “insólita” la forma en la que el defensor se refirió a los posibles actos violatorio­s que achacó a los jueces o a la falta del debido proceso, indicaron que nunca emitieron una resolución a la que se refirió el abogado. No obstante, remitió el caso al tribunal jurisdicci­onal correspond­iente para que decida si el Tribunal Tercero es idóneo o no de conocer el fondo del proceso.

El sistema guatemalte­co asigna un superior a cada tribunal, podría tratarse de una Sala de Apelacione­s o la Corte Suprema de Justicia.

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EFE Este tribunal goza de independen­cia judicial.

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