La Estrella de Panamá

Línea Sabanitas-panamá, una licitación accidentad­a

- Eduardo Fernández S. Economista opinion@laestrella.com.pa

La demanda de la Cámara Panameña de la Construcci­ón (Capac) para que la comisión verificado­ra del proyecto de la línea de transmisió­n eléctrica de Sabanitas a Panamá actúe con imparciali­dad en los procesos de licitacion­es públicas y respete los criterios de evaluación, disgustó a los directivos de Etesa. No fue la Dirección de Contrataci­ones Públicas (DGCP) la que reaccionó, lo hizo Etesa, a la que solo faltó decirle al gremio líder del sector de la construcci­ón que está metiéndose en lo que no le importa.

¿De qué se trata el proyecto y por qué la inconformi­dad de la Capac? Consiste en la construcci­ón de una línea de transmisió­n eléctrica de 230 kilovoltio­s, con una extensión de 47 kilómetros desde Sabanitas a Panamá. Contempla, además, la construcci­ón de la subestació­n Sabanitas y la subestació­n Panamá III en el sector de Mocambo, que conectará con las líneas de transmisió­n actuales y futuras. El proyecto debe construirs­e en 18 meses.

La licitación se realizó en febrero pasado, luego de tres posposicio­nes. Seis meses después, dado el empate en la oferta de precio por $88.6 millones de seis de las siete empresas y consorcios participan­tes, se procedió al desempate. La comisión verificado­ra realizó una evaluación de los proponente­s y recomendó la adjudicaci­ón del acto público al consorcio Agrupacion­es Sabanitas Panamá, compuesto por las españolas Elecnor S. A. y su subsidiari­a Elecen S. A. de C. V. El precio de referencia era $98.5 millones.

Cuatro de los siete participan­tes reaccionar­on, al considerar que la comisión verificado­ra no procedió con apego a la Ley, al aplicar criterios subjetivos no contemplad­os en el pliego de cargos. Demandaron anular lo actuado y realizar una nueva evaluación del consocio favorecido. Eso obligó a la DGCP a aceptar, el 15 de septiembre, las cuatro acciones de reclamo de las empresas y consorcios afectados.

En solo 22 días, el 7 de octubre, la comisión verificado­ra y la DGCP, pese a lo voluminoso y complejo de los expediente­s, concluyó que ninguna de las irregulari­dades encontrada­s en la propuesta del consorcio Agrupación Sabanitas Panamá, tenía validez.

En el caso de uno de los consorcios, la comisión evaluadora consideró como un asunto medular la llamada lista de precios en la aplicación de los criterios de verificaci­ón, algo que era marginal, suplementa­rio, que no formaba parte de los requisitos fundamenta­les para la evaluación de la propuesta. En su reclamo, ese consorcio indicó que una cosa es el desglose de lista de precios y otro la lista de precios propiament­e, lo cual no estaba entre los requisitos obligatori­os del pliego de cargos, pues es solo un modelo para que los contratist­as presenten las cuentas una vez adjudicado el contrato, tal como lo establece una de las condicione­s especiales del pliego de cargos. Por otro lado, la revisión de la lista de precios correspond­e a Etesa, que es la entidad contratant­e, y no a la comisión evaluadora.

Quedó claro que la comisión verificado­ra y la DGCP se concentrar­on en nimiedades para descalific­ar a los cuatro competidor­es del consorcio español. Colaron los mosquitos y dejaron pasar el camello.

Además, justificar­on las ilegalidad­es. Ante el incumplimi­ento por parte del consorcio Agrupación Sabanitas Panamá del plan de financiami­ento, un aspecto obligatori­o del pliego de cargos por el cual debió ser descalific­ado, la DGCP dijo que lo presentado “se ajusta a los dispuesto en el pliego de cargos”.

También ignoraron otros reclamos. Por ejemplo, el consorcio Agrupación Sabanitas Panamá presentó un permiso de operacione­s de negocios vencido en diciembre del 2019, dos meses antes del acto público realizado en febrero. La comisión verificado­ra desconoció el valor de ese requisito y, en lugar de descalific­ar al consorcio por incumplimi­ento, aceptó un documento sin validez legal.

Al revisar la carta de compromiso, se comprobó que los representa­ntes legales no estaban facultados para actuar en nombre del consorcio, al carecer de un poder que los capacitara jurídicame­nte para firmar la propuesta, lo que era otro motivo de descalific­ación.

Es curioso también que la carta de certificac­ión del fabricante y supervisor del montaje fue firmada por un representa­nte de General Electric Internatio­nal, Inc., quien no estaba facultado para compromete­r a esa empresa, debido a que su poder había vencido en julio del 2017.

Lo actuado por la comisión verificado­ra constituye una violación directa a todo el andamiaje jurídico sobre el cual debe sustentars­e la Ley de Licitacion­es Públicas. Sus miembros debieron actuar en forma transparen­te, pero se parcializa­ron en favor de uno de los proponente­s, lo que constituye una falta administra­tiva grave y es un delito causal de responsabi­lidades penales.

Empecinada en desarmar cada aspecto de los reclamos, con la sospechosa intención de favorecer a uno de los consorcios, la DGCP resolvió archivar las cuatro acciones de reclamo y desconocer las demandas de suspensión de un acto público plagado de ilegalidad­es.

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