Línea Sabanitas-panamá, una licitación accidentada
La demanda de la Cámara Panameña de la Construcción (Capac) para que la comisión verificadora del proyecto de la línea de transmisión eléctrica de Sabanitas a Panamá actúe con imparcialidad en los procesos de licitaciones públicas y respete los criterios de evaluación, disgustó a los directivos de Etesa. No fue la Dirección de Contrataciones Públicas (DGCP) la que reaccionó, lo hizo Etesa, a la que solo faltó decirle al gremio líder del sector de la construcción que está metiéndose en lo que no le importa.
¿De qué se trata el proyecto y por qué la inconformidad de la Capac? Consiste en la construcción de una línea de transmisión eléctrica de 230 kilovoltios, con una extensión de 47 kilómetros desde Sabanitas a Panamá. Contempla, además, la construcción de la subestación Sabanitas y la subestación Panamá III en el sector de Mocambo, que conectará con las líneas de transmisión actuales y futuras. El proyecto debe construirse en 18 meses.
La licitación se realizó en febrero pasado, luego de tres posposiciones. Seis meses después, dado el empate en la oferta de precio por $88.6 millones de seis de las siete empresas y consorcios participantes, se procedió al desempate. La comisión verificadora realizó una evaluación de los proponentes y recomendó la adjudicación del acto público al consorcio Agrupaciones Sabanitas Panamá, compuesto por las españolas Elecnor S. A. y su subsidiaria Elecen S. A. de C. V. El precio de referencia era $98.5 millones.
Cuatro de los siete participantes reaccionaron, al considerar que la comisión verificadora no procedió con apego a la Ley, al aplicar criterios subjetivos no contemplados en el pliego de cargos. Demandaron anular lo actuado y realizar una nueva evaluación del consocio favorecido. Eso obligó a la DGCP a aceptar, el 15 de septiembre, las cuatro acciones de reclamo de las empresas y consorcios afectados.
En solo 22 días, el 7 de octubre, la comisión verificadora y la DGCP, pese a lo voluminoso y complejo de los expedientes, concluyó que ninguna de las irregularidades encontradas en la propuesta del consorcio Agrupación Sabanitas Panamá, tenía validez.
En el caso de uno de los consorcios, la comisión evaluadora consideró como un asunto medular la llamada lista de precios en la aplicación de los criterios de verificación, algo que era marginal, suplementario, que no formaba parte de los requisitos fundamentales para la evaluación de la propuesta. En su reclamo, ese consorcio indicó que una cosa es el desglose de lista de precios y otro la lista de precios propiamente, lo cual no estaba entre los requisitos obligatorios del pliego de cargos, pues es solo un modelo para que los contratistas presenten las cuentas una vez adjudicado el contrato, tal como lo establece una de las condiciones especiales del pliego de cargos. Por otro lado, la revisión de la lista de precios corresponde a Etesa, que es la entidad contratante, y no a la comisión evaluadora.
Quedó claro que la comisión verificadora y la DGCP se concentraron en nimiedades para descalificar a los cuatro competidores del consorcio español. Colaron los mosquitos y dejaron pasar el camello.
Además, justificaron las ilegalidades. Ante el incumplimiento por parte del consorcio Agrupación Sabanitas Panamá del plan de financiamiento, un aspecto obligatorio del pliego de cargos por el cual debió ser descalificado, la DGCP dijo que lo presentado “se ajusta a los dispuesto en el pliego de cargos”.
También ignoraron otros reclamos. Por ejemplo, el consorcio Agrupación Sabanitas Panamá presentó un permiso de operaciones de negocios vencido en diciembre del 2019, dos meses antes del acto público realizado en febrero. La comisión verificadora desconoció el valor de ese requisito y, en lugar de descalificar al consorcio por incumplimiento, aceptó un documento sin validez legal.
Al revisar la carta de compromiso, se comprobó que los representantes legales no estaban facultados para actuar en nombre del consorcio, al carecer de un poder que los capacitara jurídicamente para firmar la propuesta, lo que era otro motivo de descalificación.
Es curioso también que la carta de certificación del fabricante y supervisor del montaje fue firmada por un representante de General Electric International, Inc., quien no estaba facultado para comprometer a esa empresa, debido a que su poder había vencido en julio del 2017.
Lo actuado por la comisión verificadora constituye una violación directa a todo el andamiaje jurídico sobre el cual debe sustentarse la Ley de Licitaciones Públicas. Sus miembros debieron actuar en forma transparente, pero se parcializaron en favor de uno de los proponentes, lo que constituye una falta administrativa grave y es un delito causal de responsabilidades penales.
Empecinada en desarmar cada aspecto de los reclamos, con la sospechosa intención de favorecer a uno de los consorcios, la DGCP resolvió archivar las cuatro acciones de reclamo y desconocer las demandas de suspensión de un acto público plagado de ilegalidades.