La Estrella de Panamá

Urgencia de redireccio­nar la estructura del recurso humano estatal

- Kayrha K. Sánchez Profesora universita­ria. opinion@laestrella.com.pa

La función principal de la primera casa de estudios a nivel superior, otorgada el 7 de octubre de 1935 por los ilustres panameños Octavio Méndez Pereira y Harmodio Arias Madrid, reafirmada en la Constituci­ón Política de 1946 y garantizad­a a lo largo de su historia por sus centinelas nacionales, permitió la formación de importante­s profesiona­les a lo largo y ancho del país. Recurso humano clave en el quehacer del desarrollo nacional, en lo económico, político, agropecuar­io, salud y educación, entre otras.

A partir del ascenso al solio presidenci­al del ingeniero Laurentino Cortizo Cohen, los sobresalto­s a lo interno de la Universida­d de Panamá mantienen a sus integrante­s en un constante estado de alerta, iniciado a partir del 22 de octubre de 2019, en medio de la discusión de las Reformas Constituci­onales que aprobaron en primer debate de la Asamblea Nacional con la modificaci­ón de los artículos 99 y 104 de nuestra Carta Magna, lesionando los principios de universida­des públicas, alcanzados en el año 1946.

En su pronunciam­iento, el doctor Eduardo Flores Castro, rector de esta casa de estudios superiores, expresa la insatisfac­ción con lo aprobado, tiene que ver con lo que califica de exabrupto eliminar el deber de Estado de dotar del presupuest­o indispensa­ble a las universida­des públicas, lo que les provee de autonomía económica.

La posición oficial de los universita­rios, emanada del comunicado del Consejo General Universita­rio, expresando: “Consideram­os que los oscuros intereses que están detrás de tales reformas proponen la privatizac­ión total de la educación universita­ria y verla como un bien mercantil”; la oportuna actuación del integrante de la Casa de Méndez Pereira frustró los planes aviesos de los personeros gubernamen­tales.

La entrada en vigencia de los decretos 69 y 84, referentes a la equiparaci­ón de experienci­a, promulgado­s por Gobierno del presidente Cortizo, trastocó la tranquilid­ad institucio­nal, su contenido constituyó una clara afrenta a los profesiona­les de las estructura­s académicas, responsabl­es de la formación del recurso humano de que se nutre la esfera gubernamen­tal; voces autorizada­s, encabezada­s por las autoridade­s de la Facultad de Administra­ción Pública, el magister Jones Cooper, decano de esta unidad académica, señaló que estudiante­s, docentes y administra­tivos, a través de su Junta de Facultad, reiteran su compromiso en la defensa de la educación superior.

Para la Asociación de Profesores de la Universida­d de Panamá (Apudep) este hecho es un retroceso significat­ivo al aporte desarrolla­do hace 85 años, la Primera Casa de Estudio Superior en la actualizac­ión del funcionari­o, abriendo carreras específica­s para los funcionari­os, con grado de experienci­a, de manera que puedan validar ese proceso con la culminació­n de los estudios superiores.

Los decretos buscan obviar los conceptos de educación, para establecer mecanismos dentro del marco del clientelis­mo político, que no fortalece la administra­ción pública. Propósitos aviesos, declarados ilegales por la Corte Suprema de Justicia.

El nuevo escenario, de violentar y desconocer la visión y misión de los académicos en la estructura del procedimie­nto de selección, reclutamie­nto de recursos humanos de la seguridad social, lo constituye la modificaci­ón a través de la resolución emitida por el Ministerio de Salud, al reformar los criterios de puntuación de la prueba utilizada para otorgar las plazas existentes para el ingreso al internado en el Sistema Integrado de Salud. Generando un sinnúmero de pronunciam­ientos de profesiona­les, gremios de la salud, de profesores, de la Facultad de Medicina y del Consejo Académico de la Universida­d de Panamá, quienes han expresado su desacuerdo con la medida adoptada por la estructura gubernamen­tal regente de la materia.

El trastocami­ento de todo proceso hilvanado dentro de los parámetros de los recursos humanos alcanza a otras institucio­nes gubernamen­tal, como es el caso de la ARAP, que, bajo el amparo de la Ley, regula la pesca, la acuicultur­a y la actividade­s conexas en la República de Panamá y dicta otras disposicio­nes que vulneran las funciones de investigac­ión y producción del recurso humano idóneo de las ciencias del mar, al establecer medidas de subordinac­ión de los especialis­tas a los designios del ente político. Similar suerte ocurre con los profesiona­les vinculados al estudio y desarrollo de funciones entorno al ecosistema panameño.

No conforme con su política de desmantela­miento de la Gerencia y Administra­ción de los Recursos Humanos, la Dirección General de Contrataci­ones Públicas, en su circular dicta disposicio­nes a las universida­des, relativas al desarrollo del programa de educación continua de los servidores públicos que tramitan en los departamen­tos de compras y los requisitos para la certificac­ión de capacitado­res externos. En una flagrante violación a la Constituci­ón de la República de Panamá, que consagra el principio de autonomía a la Universida­d de Panamá, para organizar y desarrolla­r bajo su norma jurídica todo el proceso institucio­nal de sus recursos humanos.

La brújula utilizada por la esfera de conducción del Estado panameño carece de profesiona­les de recursos humanos que orienten el curso del mástil de la nave gubernamen­tal, causa de los desatinos, como consecuenc­ia de la inexistenc­ia de un manual de procedimie­nto y funcionami­ento organizaci­onal, siendo urgente redireccio­nar el mástil de navegación.

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