Soborno no está penado en Paraguay, dice Preda
El abogado Ricardo Preda señaló que solo se enteró del el dictamen de la Fiscalía a través de la prensa, pero que se mantiene en su posición de que su defendido Nicolás Leoz no debe ser extraditado ya que el delito por el que lo requieren no está penado en el Paraguay.
“Nosotros estamos convencidos de que la extradición no procede, pero porque los hechos atribuidos en EE.UU. no son punibles en Paraguay. Para llegar a esa conclusión, primero hay que comprender el sistema jurídico del país requirente y cuál es la lógica de los cargos imputados a mi defendido, para compararlos luego con la legislación nacional”, aseveró.
“Resulta claro que la base de todos los cargos en EE.UU. es el soborno comercial o privado; por tanto, si se excluye el mismo, todos los demás se vacían de contenido. También es indiscutible que el soborno privado carece de sanción penal en el Paraguay. Incluso la ONU ha hecho una recomendación de preverlo en el Código Penal, pues según un informe de dicha organización, ninguno de los delitos previstos en nuestra legislación abarcan el soborno entre particulares, el lavado de dinero proveniente de aquel, ni la conspiración para cometerlos”, añadió.
Luego recordó la posición de la cúpula de la Fiscalía General: “Es más, en enero de 2016, tanto el fiscal general como el fiscal adjunto de Delitos Económicos habían sostenido que no era posible abrir una investigación penal en el Paraguay por tal motivo”.
“En consecuencia, cualquier argumento expuesto hoy por el Ministerio Público para sostener la doble incriminación deben partir de serios errores conceptuales. Esto seguro lo confirmaremos cuando accedamos al dictamen”, concluyó.