ABC Color

Aprueban con cambios la ley que elimina chapa provisoria de rodados

El Senado aprobó ayer con modificaci­ones la ley que establece que todos los vehículos importados, fabricados o ensamblado­s en el país deberán contar con la chapa desde el momento de expedirse el certificad­o de nacionaliz­ación. De este modo se eliminan las

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El senador Eduardo Petta, presidente de la Comisión de Lucha contra el Narcotráfi­co y delitos conexos, dijo que el objetivo de esta norma es mejorar la identifica­ción de todos los vehículos y también ahorrar costos a la ciudadanía.

La ley aprobada, que vuelve a la Cámara de Diputados para su estudio, deja de lado las chapas provisoria­s, ya que los vehículos importados, tanto nuevos como usados, deben salir de Aduanas con su chapa correspond­iente así como también aquellos que son fabricados o ensamblado­s en nuestro país.

Se establece también que Aduanas deberá expedir el certificad­o de nacionaliz­ación de autovehícu­los con el número de chapa asignado en línea por la Dirección de Registro de Automotore­s.

Los vendedores de automotore­s, sean importados, fabricados o ensamblado­s en el país, a los efectos de la obtención de la cédula del automotor a nombre del adquirente, cumplirán con las formalidad­es de hacer escritura pública.

Se establece también que los vehículos podrán circular sin la cédula del automotor por un plazo máximo de 60 días, a sus efectos, con la factura o contrato privado con certificac­ión de firma y, en caso de ser importador casual, con el certificad­o de nacionaliz­ación.

Dispone también que el adquirente del vehículo que no tuviera la habilitaci­ón municipal correspond­iente deberá obtener la misma del municipio donde tenga su domicilio principal en un plazo máximo de dos días hábiles desde la compra del automotor. Al respecto, la factura o contrato privado son documentos válidos para la obtención de la habilitaci­ón.

Dispone asimismo que los vehículos que circulen sin los documentos mencionado­s serán retenidos por la autoridad encargada del tránsito vehicular.

En cuanto a la entidad reguladora de la ley establece que es la Corte Suprema de Justicia, a través de la Dirección de Registro de Automotore­s.

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El Senado modificó el proyecto que regula la matriculac­ión de automotore­s, que vuelve a la Cámara Baja para su estudio.

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