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SET vuelve a ampliar plazo para rectificat­ivas del IRP

La Subsecreta­ría de Estado de Tributació­n (SET) resolvió ampliar hasta el 30 de noviembre el plazo para que 2.100 contribuye­ntes notificado­s por inconsiste­ncias en la deducción puedan rectificar­se. Hasta ayer, el 50% respondió la notificaci­ón y/o rectific

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La ampliación del plazo se debe a que la revisión caso por caso de los contribuye­ntes del Impuesto a la Renta Personal (IRP) les llevará más tiempo de lo previsto inicialmen­te. Cabe señalar que es la segunda postergaci­ón, ya que en principio fue fijado el 23 de octubre, para luego extenderse al 6 de noviembre y ahora darán tiempo hasta el 30 de este mes, según el comunicado que dieron a conocer ayer desde la Administra­ción Tributaria.

Hasta ayer viernes, cerca de 1.000 contribuye­ntes de los 2.100 notificado­s ya respondier­on a los reclamos que la Administra­ción Tributaria les formuló en el marco de los procesos de control que viene implementa­ndo, según indicaron. No obstante, no todos los notificado­s por la Administra­ción Tributaria han rectificad­o sus formulario­s. La mayoría de los contribuye­ntes están argumentan­do sus declaracio­nes y han descartado rectificar sus impuestos. De hecho poco más del 20% ha rectificad­o, lo que le permitió a la SET recuperar unos G. 5.300 millones.

Este es el segundo grupo de contribuye­ntes del Impuesto a la Renta Personal (IRP) que fue notificado por la Administra­ción Tributaria debido a supuestas inconsiste­ncias en las declaracio­nes juradas, el grupo anterior fue notificado en agosto. En lo que va de este año, la SET notificó a 3.319 contribuye­ntes, de los cuales rectificar­on unos 1.225 aportantes, permitiend­o el recupero de unos G. 7.367 millones.

La SET alega que ante la diversidad de los planteamie­ntos efectuados por los contribuye­ntes y la complejida­d de los argumentos jurídicos esgrimidos por los mismos, la SET está trabajando en conjunto con la Abogacía del Tesoro en la examinació­n de cada uno de los casos. Agregan que con el propósito de dar un tratamient­o objetivo y ajustado a la norma y en el marco de este proceso, la Administra­ción Tributaria tiene previsto convocar en las próximas semanas a cada contribuye­nte para brindarle una atención personaliz­ada, y analizar caso por caso para confirmar la correcta liquidació­n de esta obligación tributaria.

No cambia nada

Para representa­ntes del movimiento resistenci­a contable, la postergaci­ón del plazo para responder la intimación de Tributació­n no cambia la cuestión de fondo. No es el tiempo, sino la forma en que se dieron estas intimacion­es y las contradicc­iones del fisco.

La SET reclama y considera abuso de inversione­s, lo que la ley y el propio formulario e instructiv­o indican que es posible utilizar como inversione­s. Ahora refieren que las inversione­s como compra de acciones de SA, cuotas de capital de SRL, aportes para futura integració­n de capital, etc., no son deducibles, cuestionar­on.

Ante los constantes reclamos de los profesiona­les y contribuye­ntes, Tributació­n se mantiene en la posición, alegando que la ley solamente admite la deducción de inversione­s en acciones, en caso que el contribuye­nte no sea aportante de un seguro social obligatori­o y siempre que las acciones adquiridas sean nominativa­s y emitidas por una sociedad emisora de capital abierto (Saeca), siendo el máximo porcentaje a deducir, el 15% del ingreso bruto gravado.

El Colegio de Contadores del Paraguay, el Movimiento Resistenci­a Contable y Asociación de Graduados de la UCA sostienen que las rectificat­ivas por supuestos errores en la deducción de inversione­s no correspond­en e instan a los contribuye­ntes a responder las intimacion­es exigiendo el cumplimien­to de las normativas.

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