ABC Color

Obligan a Comuna luqueña a dar el resultado de sumario sobre “tragada”

Tras un amparo favorable a la Contralorí­a Ciudadana, la Municipali­dad de Luque debe informar el resultado de un sumario administra­tivo en el que investigó el desvío de G. 300 millones de la Comuna. El juez calificó de “informació­n relevante” para la ciuda

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El juez en lo civil y comercial de primera instancia del 4° turno de Luque, Daniel Ocampos, hizo lugar al amparo constituci­onal que planteó la Contralorí­a Ciudadana de Luque contra el municipio local, que se negó a informar el resultado de un sumario administra­tivo en el que se buscaba encontrar a los responsabl­es del desvío de G. 300 millones.

La Contralorí­a Ciudadana, a través de su titular Hugo Vázquez Perini, invocó la Ley N° 5282/14 “De libre acceso a la informació­n pública y transparen­cia gutruir bernamenta­l”, y solicitó a la Municipali­dad de Luque, el 19 de setiembre pasado, el resultado del sumario administra­tivo y la realizació­n de una audiencia pública para conocer los alcances del fraude a las arcas municipale­s.

Sin embargo, el pedido de la Contralorí­a Ciudadana no fue satisfecho, por lo que esta organizaci­ón tuvo que plantear la acción de amparo constituci­onal, que finalmente le fue favorable.

La Contralorí­a Ciudadana fundamentó su pedido en la Ley de Acceso a la Informació­n Pública, el Art. 28 de la Constituci­ón Nacional, en la Ley N° 1/89 que aprueba y ratifica la Convención Americana de Derechos Humanos, en sentencias de la Corte Interameri­cana de Derechos Humanos, entre otras disposicio­nes legales.

En la tramitació­n del amparo, el intendente municipal Carlos Echeverría Estigarrib­ia, informó al juzgado que el 31 de agosto de 2017, ni bien conoció la falta de depósito de los ingresos a cuenta corriente municipal, dictó la Resolución N° 2126/17, por la cual se resolvió ins- sumario administra­tivo a los funcionari­os de la Dirección de Administra­ción y Finanzas del Municipio.

El intendente Echeverría Estigarrib­ia también sostuvo que realizó la denuncia penal ante el Ministerio Público por los hechos punibles de lesión de confianza y exacción, previstos en el Código Penal en los artículos 192 y 312, respectiva­mente.

Demandas pendientes

El Jurado de Enjuiciami­ento de Magistrado­s y el Consejo de la Magistratu­ra, son dos órganos del Estado que se rehúsan a transparen­tar sus gestiones, y se valen de chicanas para impedir la obligación de informar a la ciudadanía.

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Carlos Echeverría, intendente de Luque.

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