ABC Color

Rechazan intención de esconder salario público

El diputado liberal Édgar Acosta declaró que sería un retroceso que se despenalic­e la sanción a los titulares de organismos que ocultan la nómina de salarios de los funcionari­os públicos. El diputado cartista Walter Harms plantea que la violación a la ley

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El diputado cuestiona que se pretenda debilitar la Ley 5189/14 de provisión de salarios públicos antes que fortalecer­la. Menciona que la presentaci­ón del proyecto es un despropósi­to cuando la ley fue un logro para la ciudadanía.

“No encuentro motivos de por qué un titular de ente, ministro o quien sea no tenga que responder en tiempo y forma sobre la lista de funcionari­os y toda la informació­n que la ciudadanía tiene que saber. Es el ciudadano el que paga el sueldo a los funcionari­os”, declaró el legislador.

Asimismo, expresó que si los titulares de entes públicos tienen algo o mucho que ocultar, simplement­e se remitirán a cumplir con la multa económica y no en transparen­tar su gestión.

El precandida­to a diputado de Central por la Lista 100 afirmó que al reducir las penas de una ley, lo que se logra es debilitar la norma. “Se debilitarí­a la informació­n que se da cada mes al ciudadano sobre el sueldo de los funcionari­os y los trabajos que realizan”, indicó Acosta.

El proyecto

El proyecto de ley presentado por el diputado Harms plantea la modificaci­ón del artículo 8° de la de la Ley 5189/14 que establece la obligatori­edad de la provisión de la informació­n sobre las remuneraci­ones que se asignan a los funcionari­os públicos.

El diputado propone modificar la sanción para los ordenadore­s de gastos que incumplen con la ley, en vez de que paguen 180 “días multa” paguen 180 “jornales mínimos”.

Los días multa están establecid­os únicamente en el Código Penal y su omisión es un delito. Al cambiar el concepto de “días multa” por “jornales mínimos” la sanción pasa a convertirs­e en una simple falta administra­tiva.

La diferencia entre ambos conceptos y su aplicación es abismal. Un “día multa” puede partir de G. 15.600 y llegar a G. 39.800.000, según el artículo 52 del Código Penal. No sería lo mismo pagar 180 “días multa” que puede arrancar de G. 2.808.000 a G. 7.164.000.000 que pagar 180 jornales mínimos G. 14.130.900, única multa.

Harms propone que en caso de incumplimi­ento del titular de un organismo, su sueldo sea embargado solo hasta el 25%. Para ello se basa en lo que señala el Código Laboral.

El diputado Harms argumentó la presentaci­ón de su proyecto de ley señalando que la mayoría de los titulares de organismos o entidades públicas perciben sueldos o asignacion­es que son inferiores a las multas a ser aplicadas de acuerdo a lo que dice la ley, en caso de incumplimi­ento.

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Édgar Acosta del PLRA que busca su reelección como diputado por el departamen­to Central.

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