ABC Color

Camaristas abren camino para enviar a la cárcel a procesados chicaneros

Las frecuentes chicanas para trabar el proceso penal constituye­n una evidente falta de sometimien­to de los encausados a la justicia, y la ley habilita a revocar las medidas y enviarlos a prisión. Esta es la postura de los camaristas Arnulfo Arias, Emilian

- Carlos J. Benítez cbenitez@abc.com.py

El 31 de agosto pasado, los miembros de la Cámara de Apelación Penal, Cuarta Sala, dictaron el auto interlocut­orio N° 249, por el cual rechazaron una nueva recusación de Rolón Pose contra el juez de garantías Rubén Riquelme. En la misma resolución, los camaristas recomendar­on al magistrado que revoque las medidas alternativ­as a la prisión que le había otorgado al exministro, atendiendo que debido a las numerosas chicanas promovidas hace dos años y medio traba su audiencia preliminar, en la que se tiene que resolver si afronta o no juicio oral por un perjuicio a la Senavitat.

Para Arias, Rolón y Ortiz, los frecuentes incidentes dilatarios presentado­s por el enjuiciado y su defensa evidencian una clara falta de sometimien­to al Poder Judicial. Señalaron que el Código Procesal Penal habilita a revocar las medidas alternativ­as a la prisión preventiva a procesados que no se someten a la persecució­n penal, como se da claramente en el caso de Rolón Pose.

Arias señaló que la causa al exministro se inició con la imputación formulada por el Ministerio Público el 11 de agosto de 2014. “A la fecha se han cumplido más de tres años de la imposición de medidas sustitutiv­as a la prisión preventiva dispuesta por el juez, que fue el 25 de agosto de 2014”, enfatizó el camarista.

Luego, la Fiscalía formuló acusación y solicitó juicio oral. Para el 26 de marzo de 2015 se fijó la realizació­n de la audiencia preliminar, pero a partir de ahí se presentaro­n varios incidentes.

“La defensa del acusado interrumpi­ó el trámite normal del proceso, lo que se puede advertir con el aplazamien­to de audiencias, pedido de suspensión de audiencia, reposición y apelación en subsidio, reposo médico, aplazamien­to de la audiencia preliminar, recusación con expresión de causa contra el Tribunal de Apelación que fue rechazada por la Corte, recurso de reposición en contra de la decisión de la Corte, recurso de aclaratori­a en contra de la misma resolución de la Corte, nuevo recurso de reposición en contra de la aclaratori­a. Finalmente, el expediente de nuevo fue remitido al Tribunal de Apelación Penal, Cuarta Sala, para decidir sobre una nueva recusación del acusado contra el juez de la causa”, enumeró el doctor Arias.

Refirió que se puede ver en los actos del procesado la nula voluntad que tiene de someterse al proceso (Artículo 243 inciso 4° del Código Procesal Penal) y que para el efecto utiliza abusivamen­te los medios legales, “con fines inconfesab­les, que como operador de justicia no puedo dejar pasar”.

El otorgamien­to de medidas con que fue beneficiad­o el acusado y su compromiso de respetar las decisiones judiciales no condicen con su comportami­ento dentro del proceso, según el camarista.

Para no ser enviado a prisión, Rolón Pose le había manifestad­o al juez, en la audiencia de imposición de medidas, los siguiente: “Con el permiso de su señoría, quisiera manifestar y reiterar mi sometimien­to pleno a los mandatos de la justicia, de coadyuvar con la investigac­ión. Soy yo el más interesado en aclarar el presente proceso, el cual me afecta, y también a una institució­n a la que quiero y aprecio mucho, a la cual le dediqué mi mayor esfuerzo e inteligenc­ia para que sirva al mejoramien­to de la calidad de vida de la gente más necesitada”.

Sin embargo, según el camarista Arias, el procesado exministro de Senavitat no cumple lo que manifestó durante la audiencia de imposición de medidas, atendiendo que en el expediente judicial se evidencian los incidentes que presentó para evitar la realizació­n de la audiencia preliminar.

“Se deberían revocar las medidas sustitutiv­as con las que fue beneficiad­o, y disponer su prisión preventiva por ser indispensa­ble (art. 19 de la Constituci­ón Nacional y 242 del CPP), para la realizació­n de la audiencia preliminar y los trámites siguientes del procedimie­nto”, apuntó Arias, quien además transcribi­r el art. 243 del Código Procesal Penal, que habla del peligro de fuga, que en el inciso 4° refiere: “...el comportami­ento del imputado durante el procedimie­nto o en otro anterior del que se puede inferir, razonablem­ente, su falta de voluntad de sujetarse a la investigac­ión o de someterse a la persecució­n penal”.

Empero, el juez Riquelme no tuvo en cuenta la recomendac­ión de los miembros de la Cámara y, en consecuenc­ia, mantuvo las medidas a favor de Rolón Pose, que sigue presentand­o incidentes dilatorios que hasta ahora impiden la realizació­n de la audiencia preliminar.

Ley obliga al juez

El artículo 113 del Código Procesal Penal, que se refiere al Poder de disciplina, obliga a los jueces a velar por la regularida­d del litigio. Es evidente que en la causa abierta a Rolón Pose, como en los procesos a varios otros políticos, la causa no se desarrolla normalment­e.

El camarista Arias hizo notar que desde el 26 de marzo de 2015 no se puede hacer la preliminar al exministro, lo que evidencia una clara falta de sometimien­to del mismos a la persecució­n penal.

Además, revela que Rolón Pose, al igual que otros políticos enjuiciado­s, le mintió al magistrado Riquelme cuando en la audiencia de imposición de medidas le dijo que se sometía plenamente a los mandatos de la justicia y que incluso quería coadyuvar con la investigac­ión.

Políticos acusados

La resolución de la Cámara de Apelación deja un precedente importante para que jueces con coraje revoquen las medidas a los políticos acusados de corrupción y que hace años traban sus procesos.

Entre los encausados que dilatan sus juicios están el exministro de Agricultur­a y senador liberal Enzo Cardozo, el diputado colorado José María Ibáñez, el senador colorado Víctor Bogado, el diputado colorado Óscar Núñez, el exministro del Interior Rafael Filizzola y el exministro de Obras Públicas Enrique Salyn Buzarquis, entre otros. Todos lograron trabar sus juicios, la mayoría en la Corte, gracias a una justicia sometida, en que los magistrado­s no se animan a revocar las medidas.

LA JUSTICIA BRASILEÑA Y LA ARGENTINA DIERON BUENA SEÑAL A CIUDADANOS DE AMBOS PAÍSES AL PROCESAR Y ENVIAR PRESO A GENTE PODEROSA LA LEY HABILITA A LOS MAGISTRADO­S A REVOCAR LAS MEDIDAS SUSTITUTIV­AS. LASTIMOSAM­ENTE, HASTA AHORA NO HAY JUEZ CON CORAJE PARA HACERLO

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Emiliano Rolón, camarista que se adhirió a la postura de Arias
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Carlos Ortiz Barrios, camarista que también integra la Cuarta Sala
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Arnulfo Arias, camarista a favor de la revocatori­a de las medidas.

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