La Corte quiso derogar un artículo de la Constitución
La Corte atentó contra el artículo 104 de la Constitución al dejar sin efecto la ley que obliga a los ministros, jueces y funcionarios a presentar su declaración jurada de bienes ante la Contraloría. Anoche, los ministros, mediante una aclaratoria, y tras
Insólitamente, Sala “Constitucional” llegó a suspender los efectos del artículo 104 de Carta Magna
Establece que todos los que reciban remuneración del Estado están obligados a declarar sus bienes
La resolución se emitió ya el 9 de febrero y pretendieron mantenerla en secreto, pero se filtró
Firmada por Antonio Fretes, Miryam Peña y Gladys Bareiro, que anoche tuvieron que rever su postura
Con una llamativa celeridad, los ministros Miryam Peña, Gladys Bareiro y Antonio Fretes firmaron resolución por la cual se beneficiaron ellos, sus demás colegas, jueces y funcionarios del Poder Judicial.
El 7 de febrero pasado, la asesora jurídica de la Corte, Mirta Morínigo, presentó la acción contra varios artículos de la ley que reglamenta la declaración jurada de bienes. El 9 de febrero los ministros ya admitieron la acción y suspendieron los efectos de la disposición atacada. Además, ese mismo día, la doctora Peña, en su carácter de presidenta de la Sala Constitucional, ya comunicó a la Contraloría.
Según se desprende de la parte resolutiva del Auto Interlocutorio número 6 del 9 de febrero pasado, la Corte suspendió, entre otros los efectos de los artículos 1° y 2° de la Ley 5033, que reglamenta el artículo 104 de la Constitución, respecto a la declaración jurada.
El artículo 1° define quiénes son funcionarios públicos y el 2°, entre los que están incluidos los ministros, jueces, etc., dice que están obligados a declarar sus bienes ante la Contraloría.
En consecuencia, al suspender los afectos de estos artículos, no hay dudas de que la Corte excluyó a sus ministros, jueces y funcionarios de la obligación constitucional y legal.
“Error”
La directora jurídica de la Corte, Mirtha Morínigo, reconoció el “error” de solicitar la no declaración jurada. Agregó que por medio de una aclaratoria solicitará que la Sala Constitucional que levante la suspensión de efectos que dictó contra el Art. 2 de la Ley 5033/2013 que reglamenta y transcribe el Art. 104 de la Constitución.
Comunicado
La Corte, a través de su Dirección de Comunicaciones, emitió un comunicado en el que dice que los ministros, jueces y funcionarios judiciales seguirán cumpliendo con la disposición constitucional de presentar la declaración jurada, “al momento de asumir o dejar un cargo permanente”.
“Se aclara a la ciudadanía que la acción de inconstitucionalidad solo cuestiona el nuevo formato de presentación de la Contraloría y no así la obligación misma, consagrada en la Constitución”, dice la Corte.
Levantan suspensión
La Dirección de Comunicaciones de la Corte informó anoche que la Sala Constitucional levantó la suspensión de los efectos del artículo 2° de la ley atacada y que obliga a los funcionarios a presentar su declaración jurada ante la Contraloría.
La aclaratoria fue firmada por los ministros Peña, Bareiro y Módica.
Con la medida de anoche, afirmaron que sigue vigente la norma que reglamenta la obligación constitucional.