“Transparencia” en Indert, otro de los mitos en administración actual
El discurso de “transparencia” en la actual administración del Indert puede ser desmontado con un simple ingreso al portal de Acceso a la Información Pública. Violando la ley, el ente retacea información de interés.
La administración de Justo Cárdenas, presidente del Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert), se mantuvo en los últimos años con discursos engañosos acerca de “recuperación de tierras”, “transparencia” y supuestas reivindicaciones “históricas” para el sector campesino.
La “recuperación” de lotes fiscales, según denuncian los afectados y hasta gremios empresariales del sector agrícola, consistió en muchos casos en persecución de los ocupantes y trabajadores de la tierra, con fines aparentemente populistas. Pero a los grandes terratenientes que obtuvieron títulos en la época de la dictadura o incluso en la era democrática pero con raíces ilegítimas, nadie siquiera les ha molestado con una investigación sobre sus propiedades.
“En histórico acto” ha sido el inicio de numerosos comunicados de prensa, para destacar generalmente entregas de “certificados de ocupación”, unos cartones sin valor jurídico (ya que no se constituyen en títulos de propiedad) y en muy pocos casos, la distribución de títulos, cuya gestión, sin embargo, en su mayoría se inició en otras administraciones y no precisamente en la de Cárdenas.
Pero lo que respecta a la “transparencia” es otro de los puntos que puede ser considerado una bofetada a la ciudadanía, que inútilmente intenta obtener datos a través del portal de Acceso a la Información Pública del Indert. Eso, sin mencionar el escaso acceso por parte de la prensa al titular de la institución, que en los últimos años pocas veces ha querido hablar con la prensa crítica (aunque sí participó de programas de radios o TV amigos o afines al gobierno de Horacio Cartes).
Ley pisoteada
No obstante, el caso del Acceso a la Información Pública es aún más alarmante, ya que está regulado por la Ley N° 5282/2014 de “Libre Acceso Ciudadano a la Información Pública y Transparencia” y esta norma es constantemente pisoteada por el ente rural. Si bien los encargados de la oficina creada a partir de esta ley gestionan todas las solicitudes realizadas, los diferentes estamentos del Indert presentan distintas excusas para no informar.
El resultado: respuestas imprecisas, incompletas o engañosas. Por ejemplo, nuestro diario solicitó el año pasado “documentos sobre transferencias de inmuebles del Chaco a Tierra de Negocios, que muestren la cantidad de hectáreas cedidas, en el marco del acuerdo de canje de tierras (por Chino Cue)”. El caso fue polémico, ya que el gestor era nada más que el abogado del Grupo Cartes, Carlos Palacios, y pretendía “ceder” 10.300 hectáreas de Chino Cue (Alto Paraná) por 60.000 hectáreas del Chaco, pero los títulos que exhibían la empresa para acreditar su titularidad mostraban numerosas irregularidades.
Al respecto, el único documento recibido y que hoy está disponible en dicho portal (solicitud N° 5.896) es una escueta planilla sobre la “línea de acción” que hace referencia a una ejecución de más de G. 13.000 millones. Parecería que pagaron a dicha empresa ese monto por las tierras de Chino Cue, pero en conversación con funcionarios del área de Presupuesto, estos aclararon más tarde que en realidad, la cifra no tiene nada que ver con Tierra de Negocios. Es más, esa línea presupuestaria corresponde al monto obligado a la fecha de expedición del documento sobre todas las gestiones de pagos por tierras y no se refiere en particular al caso del canje Chino Cue-Chaco.
Otro medio de comunicación requirió el año pasado a través del mismo portal “todos los pedidos de información hechos al Indert por la Senad, Ministerio del Interior, Seprelad, período comprendido desde 2014 hasta la fecha” (solicitud N° 5.473). La respuesta fue: “Necesitamos que sea más específico sobre su pedido de información”.
“Lesión de terceros”
En un segundo intento (solicitud N° 5.533), el pedido fue ampliado con especificaciones precisas de número de cada expediente requerido. En este caso, la respuesta fue que “lo solicitado excede al límite que podemos subir al portal” y en un siguiente párrafo, un disimulado rechazo a brindar los datos en cuestión. “La Ley de Acceso a la Información Pública nos permite acceder de manera parcial a la información solicitada, hasta tanto se finiquiten los autos de manera a evitar lesionar derechos de terceros”, dice parte de un dictamen de Asesoría Jurídica. Con esto, se justificó la negativa.