CARTAS AL DIRECTOR
La Abog. Julia Rosa Alonso Martínez, jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno de la Capital, remitió una carta al director en relación con un artículo publicado el pasado 16 de mayo. Dice así:
“… por este medio, utilizo el Derecho a Réplica que me asiste por publicaciones vertidas en el matutino ABC COLOR Página 20 (sección locales) de fecha miércoles 16 de mayo del 2018, en el sentido de que: No es cierto, lo afirmado en el artículo del diario que textualmente dice ‘en el sector aseguran que la línea está circulando unos 80 buses sin las mínimas condiciones de seguridad, además, evade impuesto al fisco, las boletas que entrega a los pasajeros no tienen timbrado de la Subsecretaría del Estado de Tributación (SET)’. A tal efecto es importante señalar que la resolución A.I. N° 2.214 de la fecha 19 de diciembre del 2017, en su parte resolutiva estableció en su primer punto: HACER LUGAR A LA MEDIDA CAUTELAR DE URGENCIA, solicitada en cuanto a la prohibición de innovar; y en consecuencia LIBRAR EL MANDAMIENTO DE SECUESTRO DE VEHÍCULOS (15 conforme al listado que fuera remitido en su momento al diario ABC) y no 80 como manifiesta el matutino del periódico de referencia.
En este orden de conclusiones están establecidas, de manera taxativa, cuáles fueron los ómnibus con sus individualizaciones utsupra mencionadas sobre los cuales recaen la medida cautelar dispuesta por mi parte, por lo tanto, que estén circulando 80 buses sin condiciones mínimas de seguridad (como menciona la publicación del periódico ABC COLOR) escapa total y absolutamente a mi conocimiento, responsabilidad y competencia. En su caso si fueren ciertas dichas aseveraciones, corresponde realizar el seguimiento para verificar tal enunciado al Ente del Estado responsable y con competencia para el efecto...
A manera de conclusión, es importante recordar que mi actuación por la cual fui y estoy siendo vilipendiada con los titulares de ‘Jueza chatarrera, enjuiciada’ por ABC COLOR, se suscribió en el marco de otorgamiento de una medida cautelar y como se sabe las medidas cautelares pueden modificarse o suprimirse si cambian las circunstancias dadas al tiempo de decretarlas”. (Debido a su extensión, reproducimos una parte de la carta. Versión completa enwww.