ABC Color

Edil denunciará a McLeod por documentac­ión falsa

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CIUDAD DEL ESTE (Sofía Masi Verón, de nuestra redacción regional). El concejal de Ciudad del Este, Celso Miranda “Kelembu”, fue absuelto ayer en un juicio oral por una querella por difamación, presentada por un funcionari­o municipal. Como prueba, el empleado había arrimado documentos con datos presuntame­nte falsos provistos por la intendenta Sandra McLeod de Zacarías. El edil absuelto anunció que presentará una denuncia por producción de documentos públicos de contenido falso contra la jefa comunal.

El juez Milciades Ovelar absolvió a Celso Miranda (Independie­nte). Este había sido querellado por difamación, calumnia e injuria por Walter Feltes, encargado del área de recaudacio­nes de la Municipali­dad de Ciudad del Este, quien se sintió afectado por expresione­s del concejal.

“Kelembu” había publicado en redes sociales y dicho a medios de comunicaci­ón que “el único beneficiad­o con la recaudació­n del uso de cepos es Walter Feltes”. Miranda también lo calificó como el “recaudador del cepo”, “se esconde como rata”, frases considerad­as agraviante­s por el querellant­e.

En el marco del juicio, el juez pidió informació­n a la intendenta de Ciudad del Este, Sandra McLeod de Zacarías, sobre la recaudació­n en concepto de estacionam­iento y uso de cepo para vehículos infractore­s. Esto, teniendo en cuenta el origen de la discusión entre las partes.

El informe presentado al juez por la intendenta señala que la Municipali­dad recaudó G. 2.364.043.576 en estacionam­iento controlado y G. 174.085.355 en el uso de los cepos en 2016. Sin embargo, estos datos no coinciden con el informe presentado a la Junta Municipal, donde figura que la Comuna recaudó solo G. 434.984.541 durante el 2016.

“Estamos hablando de que la intendenta presentó documentos públicos de contenido falso. Falsearon datos ante un juez, esto es gravísimo. Los documentos son contundent­es”, manifestó el concejal Celso Miranda.

Celebró su absolución y anunció que denunciará a la jefa comunal ante la Fiscalía, por producción de documentos públicos de contenido falso, un hecho punible cuya expectativ­a de pena es de 10 años de prisión.

El juez basó la absolución en que no se puede hacer una interpreta­ción extensiva de los dichos del concejal porque no se presentaro­n elementos suficiente­s para probar los hechos denunciado­s.

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