La falta de quorum le salvó a Loizaga
Oficialistas dejaron sin quorum la sesión en la que ayer debían interpelar al canciller Eladio Loizaga, principalmente por las obras en Aña Cua. El mismo luego reconoció que hoy no existe una necesidad real en la generación de energía que justifique el pr
El mismo día en que el presidente electo Mario Abdo se reunía con su par argentino Mauricio Macri, los senadores oficialistas y también la mayoría de los liberales dejaron ayer sin quorum la sesión en la que debía ser interpelado el ministro de Relaciones Exteriores Eladio Loizaga. Solo acudieron 16 de los 45 legisladores.
Cuando le preguntamos a Loizaga por qué nuestro país será obligado a pagar en un 50% la obra –valuada en 600 millones de dólares– cuando que en los 40 años que tiene Yacyretá no ha consumido más del 6% de la energía que genera la binacional, respondió diciendo que esa necesidad será real en el 2025. “¿Usted sabe cuál es la proyección de consumo de energía para el 2025? ¿Quiere que esperemos a ese año para hacer estas obras”, fue su respuesta.
Seguidamente dijo que el beneficio de nuestro país en estas polémicas obras será la generación de puestos de trabajo. En tal sentido se estima que las obras, que durarán cuatro años aproximadamente, emplearán a 3.000 personas; pero como se trata de un proyecto binacional, el 50% es el cupo de la Argentina y 50% de Paraguay.
Acuerdo que no pasó por el Congreso
Loizaga dijo que “lamentaba mucho” no haber tenido la oportunidad de exponer ante el plenario sus respuestas al cuestionario que le envió la cámara alta.
Sin embargo prácticamente salió huyendo de los periodistas cuando comenzaron a indagarle sobre la legalidad del acuerdo suscrito con el gobierno de Mauricio Macri y la justificación real de ese proyecto para nuestro país, si es que existe.
Insistió en que Aña Cua y las obras proyectadas forman parte del complejo Yacyretá y que es una atribución del Consejo (de la EBY) autorizarlas.
Interpretación “a medida”
La decisión de llevar adelante el proyecto, cuya cuarta licitación acaba de convocar la Entidad Binacional Yacyretá, sin la participación del Congreso Paraguayo, se sustenta en una errónea interpretación del tercer párrafo del numeral I- Objeto, del Anexo B del Tratado, que señala: “Las obras descriptas en el presente Anexo podrían sufrir modificaciones, previa aprobación del Consejo de Administración de Yacyretá, cuando exigencias técnicas que se verifiquen durante la elaboración del proyecto y ejecución de las obras o cuando requerimientos del mercado energético así lo aconsejen”.
El repaso a la lista de obras que describe el Anexo B permite confirmar que “la construcción y puesta en servicio” de la “central hidroeléctrica del brazo Aña Cua”, tal como lo denominaba la licitación pública internacional N° 321 de la EBY del 2006, no figura entre “las obras descriptas” en el Anexo B del Tratado, cuya modificación puede o tiene atribuciones para autorizar el Consejo de Administración de la EBY, no así una obra no descripta o prevista.