ABC Color

Pese a irregulari­dades, no anulan adjudicaci­ón

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La Dirección Nacional de Contrataci­ones Públicas (DNCP) declaró irregular la adjudicaci­ón por concurso de ofertas de la obra de mejoramien­to de la Plaza de los Héroes convocada por la Municipali­dad de Caraguatay, pero, pese a tener potestad para anular el proceso, se limita a hacer “recomendac­iones”.

CARAGUATAY, Dpto. de Cordillera (Desiré Cabrera, de nuestra redacción regional). La Municipali­dad de Caraguatay, administra­da por Blas Añazco (colorado cartista), adjudicó el 19 de enero de 2018 a una empresa de dudoso origen, denominada ECR Construcci­ones, que figura a nombre de Emilio Cañiza Rolón, la remodelaci­ón de la Plaza de los Héroes por más de G. 731 millones. La firma del contrato se llevó a cabo el 22 de ese mismo mes y los trabajos se iniciaron el 30 de enero.

La empresa debe terminar las obras en un plazo de 205 días (unos seis meses) y las tareas supuestame­nte avanzaron en un 30%.

Para el inicio de los trabajos se utilizaron máquinas de la Municipali­dad a fin de echar árboles y hacer remoción de tierra.

La adjudicaci­ón de la obra fue realizada por concurso de ofertas y la propuesta de Cañiza fue una de las más caras. Ese hecho fue objetado por la Junta Municipal, que rechazó la adjudicaci­ón.

Sin embargo, fue aprobada por sanción ficta porque el secretario del órgano deliberati­vo, Elpidio Cano, “se olvidó” de presentar en tiempo y forma a la Intendenci­a la resolución de los concejales.

Un dato interesant­e es que Cano también se desempeñab­a como secretario del intendente en su distribuid­ora privada.

Lo que dice la DNCP

Luego de las publicacio­nes de nuestro diario sobre el caso denunciado, la Dirección Nacional de Contrataci­ones Públicas (DNCP) instruyó un sumario administra­tivo, que concluyó el 23 de mayo último. Reporta que fueron detectadas irregulari­dades en el proceso de evaluación de ofertas y de la

adjudicaci­ón de la obra, como que la firma ganadora presentó documentos y certificad­os días después de la apertura de sobres de oferta.

También, que las notas de pedidos de aclaratori­as y documentac­iones enviadas por el comité de evaluación a las empresas oferentes no cuentan con acuse de recibo, entre otras anomalías.

Sin embargo, la DNCP se limita a hacer recomendac­iones “para subsanar la irregulari­dad”, ya que hacer una nueva evaluación “carecería de efectos prácticos”. Pide a la administra­ción de la Municipali­dad “iniciar las diligencia­s tendientes a deslindar las responsabi­lidades en

el orden administra­tivo que correspond­an por las transgresi­ones señaladas”.

Este punto es absurdo, consideran­do que el ordenador de gastos, el intendente, es el mismo responsabl­e de las irregulari­dades.

Además, “insta a la convocante a que en futuros procedimie­ntos de contrataci­ón guarde especial cuidado en los pasos a seguir dentro de todo el procedimie­nto, respetando las diversas etapas del procedimie­nto y así también los mandamient­os de la Ley 2051/03”.

La DNCP, a pesar de tener la potestad para hacerlo, no anuló el proceso de adjudicaci­ón.

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Blas Añazco

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